Gennuso, al filo de una condena: la jugada que su defensa pidió antes de escuchar el veredicto
La fiscalía quiere condena por malversación, la defensa pide prescripción y habla de un STJ apurado porque «se les vence la acción». El dato que puede definir la causa son dos plazos fijos de 105 millones.
El fiscal Martín Lozada reclamó este lunes al Tribunal de Impugnación una sentencia condenatoria contra el exintendente de Bariloche Gustavo Gennuso por malversación de caudales públicos. Lo hizo en el marco de una nueva instancia del caso Techo Digno, después de que su intento de obtener una sanción por peculado quedara frustrado.
Del otro lado, el defensor Manuel Maza rechazó de plano el planteo. Sostuvo que extender el juicio en esta instancia con un cambio de calificación penal vulnera el derecho de defensa y reclamó que se declare la prescripción de la causa.
Por qué el caso volvió al Tribunal de Impugnación
El nuevo rumbo del expediente, que investiga presuntos desmanejos en la gestión del programa habitacional Techo Digno hace una década, no nació de la fiscalía ni de la defensa: fue una imposición del Superior Tribunal de Justicia.
El STJ convalidó hace apenas un par de semanas la absolución del exfuncionario por peculado dictada en primera instancia, pero al mismo tiempo ordenó reexaminar los hechos «con la misma base fáctica» para que el Tribunal de Impugnación determine si el acusado incurrió en malversación de caudales, una figura de menor gravedad que la anterior.
La audiencia y el primer choque
La audiencia de este lunes estuvo presidida por el juez Emilio Chironi, integrante de la conformación alternativa del Tribunal de Impugnación para este juicio junto a Emilio Stadler y Florencia Caruso Martin.
Los tres magistrados evaluaron primero un pedido de suspensión presentado por Maza, quien argumentó que estaba pendiente de resolución un recurso extraordinario federal de la propia defensa. Según su postura, la resolución del STJ violó la garantía del juez natural y el principio de congruencia. El planteo fue rechazado y la audiencia siguió adelante.
Los dos plazos fijos de 105 millones
Ya en su alegato, Lozada recordó cuál es la conducta que se le reprocha a Gennuso: la constitución de dos plazos fijos en el banco Credicoop por 105 millones de pesos. Ese dinero había sido enviado por el gobierno nacional para pagar contratos de Techo Digno y estaba depositado en una cuenta específica del banco Nación.
Para el fiscal se trató de una malversación agravada, porque los fondos fueron sacados de su destino original, no se aplicaron a la construcción de viviendas y tampoco fueron devueltos a Nación, como correspondía por convenio.
Lozada también pidió dar por configurado «el daño o el entorpecimiento del servicio» que menciona el artículo 260 del Código Penal al caracterizar la malversación. Ese servicio, en este caso, habría sido la construcción de las unidades habitacionales.
«No hace falta reeditar el proceso»
El fiscal sostuvo que el Tribunal de Impugnación puede analizar los mismos hechos bajo otra figura delictiva, como ordenó el STJ, sin necesidad de reabrir la investigación ni reeditar el proceso. Afirmó que la nueva integración del tribunal debe resolver y que la «subsunción» encomendada «no requiere atribuir un hecho histórico diferente o una conducta distinta».
Subrayó, además, que existe «una continuidad efectiva» y que Gennuso «tuvo oportunidad de defenderse» cuando se expuso la acusación original, con el mismo núcleo fáctico.
La defensa habla de «exceso de jurisdicción»
Maza criticó con dureza ese argumento. Calificó de «absurdo» el reenvío de la causa al Tribunal de Impugnación para que vuelva a considerar los hechos bajo otra figura penal y consideró que «habría un exceso de jurisdicción por parte del STJ».
Para el defensor, la malversación tiene sus particularidades y no equivale al peculado: demanda, por ejemplo, probar un «entorpecimiento del servicio», punto sobre el cual no pudo ejercer una defensa puntual durante el juicio.
También señaló que para incurrir en malversación Gennuso debía tener a cargo la administración o custodia de los fondos, y que no las tuvo, porque la Carta Orgánica reserva esa función a otros agentes municipales.
Como ya había planteado en el juicio original, el defensor sostuvo que el exintendente, al asumir la jefatura del municipio en diciembre de 2015, se encontró con un gran «descalabro» económico financiero y con las obras de viviendas ya paralizadas, sin responsabilidad suya. Respecto de los plazos fijos, afirmó que «no hubo intención de provocar un daño sino de resguardar el dinero».
Maza cuestionó además que el ministerio público fiscal haya insistido una y otra vez en acusar por peculado y que, «como el tribunal de juicio dejó entrever que podía ser malversación», ahora el STJ ordene explorar esa vía. «Ya que estamos por qué no también abuso de autoridad o incumplimiento de deberes de funcionario público», ironizó.
Para el abogado viedmense, el nuevo giro «de ninguna manera subsana los errores y omisiones de la acusación primigenia». Y vinculó la velocidad que el STJ le imprimió a esta etapa del proceso con que «se les vence la acción», algo que, a su entender, demuestra que «se mezclaron cuestiones políticas con cuestiones jurídicas».
El pulso por la prescripción
La defensa también reclamó que se dicte la prescripción del hecho investigado, una interpretación de la normativa vigente que Lozada confrontó de inmediato.
El fiscal indicó que el plazo de prescripción para la malversación agravada es de dos años y que debe tomarse como fecha de referencia la apertura a juicio del 7 de noviembre de 2024. Sumó otro motivo de suspensión de plazos: el retorno de Gennuso a la función pública como vicepresidente de la Comisión Nacional de Energía Atómica.
Maza respondió que «el acto que interrumpe (el plazo de prescripción) es la citación a juicio, del 28 de noviembre de 2024», y que el nombramiento en la CNEA «es posterior a esa fecha», además de tratarse de un cargo nacional y no municipal.
«Aun cuando quieran encuadrar la calificación en el artículo 260, de malversación de caudales, estaría prescripta la acción», afirmó el defensor, que pidió la absolución del exintendente.