Heredaron la casa, pero no la deuda: la intimación que complica a decenas de familias pampeanas
¿Qué pasa si heredaste una vivienda social y nunca te enteraste de que también heredaste la deuda? El IPAV avanza con intimaciones en varias localidades pampeanas y ya recuperó casas. ¿Quiénes están en la mira?
El Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (IPAV) publicó nuevos edictos en el Boletín Oficial para que los presuntos herederos de viviendas sociales regularicen su situación en Eduardo Castex, Santa Rosa, Realicó, Rancul y General Pico. La intimación alcanza a quienes nunca tramitaron la titularidad ni siguieron pagando las cuotas después del fallecimiento del adjudicatario original.
La medida no es un caso aislado. Desde hace al menos un año y medio, el organismo viene publicando intimaciones de manera casi consecutiva en cada edición del Boletín Oficial. En relevamientos anteriores, notificó de forma simultánea a herederos y adjudicatarios de localidades como Santa Rosa, Trenel, Intendente Alvear, Luan Toro, Quetrequén, Colonia Barón, Telén, Bernasconi, General Campos, Victorica y 25 de Mayo, entre otras.
Los motivos se repiten en casi todos los expedientes: falta de pago de las cuotas de amortización y ausencia de ocupación efectiva de la vivienda. Son dos de las condiciones que los planes habitacionales exigen para mantener el beneficio.
Una deuda que se hereda sin saberlo
El patrón de fondo también se repite. Cuando el titular original de una vivienda social fallece sin que sus herederos regularicen la situación, estos últimos heredan automáticamente tanto los derechos como las obligaciones contractuales, entre ellas el pago de las cuotas pendientes. Muchas veces ni siquiera saben que son titulares de una deuda.
El IPAV ya lo había advertido en casos anteriores. Al recordarles a los herederos de una vivienda en Santa Rosa que, como sucesores, asumen “las mismas obligaciones contractuales que los titulares originales”.
De la intimación a la rescisión
El recorrido administrativo que atraviesa cada expediente es siempre el mismo. Primero llega la intimación por edicto, con diez días hábiles de plazo para presentar descargo. Si no hay respuesta, el IPAV avanza con la rescisión del acta de tenencia precaria o de la adjudicación, lo que habilita al organismo a recuperar el inmueble.
En los relevamientos de los últimos meses, el instituto ya concretó rescisiones efectivas en varias de esas causas, incluida al menos una tanda de seis viviendas recuperadas en un mismo período. El objetivo declarado es garantizar el correcto uso del parque habitacional social, priorizando a las familias que sí cumplen con los requisitos y evitando que las deudas y los inmuebles sin uso se prolonguen indefinidamente.