Hijas de “La Chancha” Ale: la condena que incluye tareas comunitarias y una indemnización millonaria

¿Creían que podrían ocupar una vivienda sin consecuencias? Dos mujeres vinculadas a una figura conocida en Tucumán enfrentan una sentencia que combina una fuerte suma de dinero y trabajo social. Los detalles del acuerdo judicial y el impactante testimonio de la víctima que conmovió al tribunal.

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Hijas de “La Chancha” Ale: la condena que incluye tareas comunitarias y una indemnización millonaria

Dos hijas del conocido Rubén “La Chancha” Ale deberán pagar una fuerte suma de dinero y realizar trabajos comunitarios por su participación en la usurpación de la casa de la ex pareja de su padre. La víctima, María Jesús Rivero, declaró ante el tribunal que el hecho terminó de “derribar la poca psiquis que quedaba sana” en su cabeza. El acuerdo judicial, homologado ayer, también impone una restricción de acercamiento por un año.

¿Qué pasó en la vivienda de calle Adolfo de la Vega?

Todo comenzó el 7 de noviembre de 2025, cuando un hombre que se hizo pasar por policía se presentó en el domicilio de Rivero, ubicado en la calle Adolfo de la Vega al 700. Según su denuncia, este sujeto exhibió una supuesta orden de ingreso y ordenó a otros efectivos cortar el candado del portón para ingresar por la fuerza.

Junto a los uniformados se encontraban Yamile Ale y Darío Coronel. Rivero afirmó que Coronel la golpeó mientras el resto de las personas ingresaba a su propiedad. Una vez dentro, Yamile Ale, Coronel, Martha Florencia Ale Cuño y Emilia Giselle Ale ocuparon ilegalmente parte del inmueble.

La denunciante relató que fue obligada a convivir con los ocupantes bajo amenazas. La investigación estuvo a cargo de la Unidad Fiscal de Usurpaciones, Estafas y Cibercriminalidad II, dirigida por Diego Hevia.

El camino judicial y las condenas previas

En una primera etapa, el Ministerio Público Fiscal imputó a Yamile Ale y a Darío Coronel como coautores del delito de usurpación por despojo. El 3 de diciembre de 2025 fueron formalmente acusados y, apenas 20 días después, condenados a un año de prisión de ejecución condicional mediante un juicio abreviado.

Posteriormente, al profundizar la pesquisa, los investigadores extendieron la acusación contra Martha Florencia Ale Cuño y Emilia Giselle Ale por el delito de usurpación por violencia. La hipótesis fiscal sostiene que ambas llegaron al inmueble minutos después del ingreso forzado.

Según la fiscalía, se ubicaron en la planta baja, en el sector del living comedor, con el objetivo de impedir el libre uso y goce de la propiedad por parte de Rivero, manteniéndose allí mediante amenazas.

La salida alternativa: probation y reparación económica

Durante la audiencia realizada ayer, las defensas de las acusadas solicitaron la suspensión del juicio a prueba (probation) para cerrar el proceso. Emilia Ale estuvo representada por la abogada María Ercilia Omar, mientras que Martha Ale Cuño fue defendida por Rodrigo Saab.

Se ofreció una reparación económica conjunta de $450.000. En el caso de Emilia, se comprometió a abonar $250.000 y a realizar tres horas mensuales de trabajo comunitario durante seis meses en la iglesia San José de Alberdi.

Por su parte, Martha Ale Cuño se comprometió a pagar $200.000 y a prestar servicios en una fundación de rescate animal una vez por semana durante el mismo período de seis meses.

La voz de la víctima y las medidas de protección

La auxiliar de fiscal Natalia Carabajal prestó conformidad a esta salida alternativa. María Jesús Rivero, representada por el abogado Rodolfo Burgos, no se opuso, aunque solicitó garantías concretas para su seguridad.

Ante el tribunal, Rivero expresó su temor actual: “No dejo de temer por mi integridad física más allá de que mi integridad psíquica está gravemente dañada. Soy paciente psiquiátrica hace tres años; lo que pasó ha terminado de derribar la poca psiquis que quedaba sana en mi cabeza”.

Antes de homologar las probation, el juez Lucas Taboada dispuso una restricción de acercamiento de 500 metros y la prohibición de realizar actos de turbación, perturbación o intimidación por cualquier medio hacia la denunciante. Estas medidas de protección regirán durante un año.

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