Jardines de infantes en Mendoza: la DGE redefine su organización y los requisitos para abrir nuevas salas
La DGE de Mendoza actualiza las reglas para jardines de infantes: nuevos formatos, requisitos edilicios y un factor demográfico que redefine el nivel inicial. ¿Qué implica para las familias?
La Dirección General de Escuelas (DGE) de Mendoza dio un giro en la organización de los jardines de infantes. La nueva normativa, que ya salió en el Boletín Oficial, establece criterios inéditos para la creación y el funcionamiento de estas instituciones, en un contexto de caída de la natalidad que obliga a reconfigurar todo el sistema educativo provincial.
La Resolución N° 4613, publicada este jueves 6 de agosto, reemplaza el esquema anterior y apunta a reorganizar el nivel inicial tanto en zonas urbanas como rurales. El objetivo, según el documento, es garantizar igualdad de oportunidades educativas y evitar desequilibrios regionales e inequidades sociales.
¿Qué cambia para los jardines de infantes?
La resolución define con precisión qué es un Jardín de Infantes Exclusivo (JIE) y qué es un Jardín de Infantes Nucleado (JIN). Los JIE serán aquellos que se formen a partir de secciones de nivel inicial que funcionaban como anexos a escuelas primarias, siempre que estén en un mismo edificio y cuenten con un mínimo de seis secciones. Estarán a cargo de un director de jardín de infantes.
Por su parte, los JIN podrán agrupar secciones anexas a escuelas primarias que estén cerca geográficamente, en un radio de hasta 10 kilómetros. En zonas urbanas se exigirá un mínimo de seis secciones, mientras que en zonas rurales el mínimo será de cuatro. La nuclearización podrá abarcar hasta seis edificios.
La medida también contempla que secciones de jardines anexos puedan integrarse a JIE o JIN cercanos, y faculta a la DGE a refuncionalizar estructuralmente jardines ya existentes según las particularidades de cada institución.
El factor demográfico
Uno de los argumentos centrales de la resolución es la disminución sostenida de la natalidad en Mendoza y en el país. La DGE sostiene que hay menos niños en edad escolar, lo que obliga a repensar la organización institucional y los recursos humanos disponibles.
El Estado provincial debe garantizar el derecho a la educación de los niños de 4 y 5 años y procurar la universalización de la oferta para los de 3 años. En ese marco, la DGE plantea la creación y reorganización de instituciones bajo los formatos JIE y JIN, con equipos directivos específicos para este nivel.
Requisitos para abrir un nuevo jardín
La nueva normativa establece procedimientos específicos para crear nuevos JIE. El proyecto puede ser elaborado por el equipo directivo del Jardín de Infantes Anexo (JIA) o por el Inspector Técnico Seccional. Debe incluir una fundamentación, objetivos, una descripción de la institución de la que se desprenderán las salas y una planilla con la cantidad de secciones y matrícula, con un mínimo de seis secciones de Nivel Inicial.
Además, se requieren avales de las autoridades educativas y acreditar condiciones edilicias: espacio para el gobierno de la nueva institución, baños independientes para alumnos y docentes, cocina, patio exclusivo con un mínimo de 2 metros cuadrados por niño y entrada independiente de la escuela primaria. El expediente también debe contemplar acuerdos sobre la continuidad escolar de los alumnos de sala de 5, la distribución de raciones alimentarias y la situación de los celadores que realizan tareas de limpieza en las salas y baños de Nivel Inicial.
En definitiva, la DGE no solo modifica nombres o categorías. Establece un nuevo marco para reorganizar el nivel inicial en Mendoza, con un dato que atraviesa a todo el sistema educativo: la caída de la natalidad está cambiando la cantidad de niños que ingresan a las escuelas y, por lo tanto, obliga a revisar cómo se distribuyen las instituciones, los cargos y los recursos disponibles.