Jubilados ganan batalla judicial: declaran inconstitucional el pago en negro en el Estado
Un fallo judicial sacude al Gobierno de Entre Ríos: los aumentos salariales 'en negro' fueron declarados inconstitucionales. ¿Qué significa esto para los estatales y jubilados?
Un grupo de jubilados de la Legislatura de Entre Ríos obtuvo un fallo histórico: la Justicia declaró inconstitucional el pago de aumentos salariales 'en negro' que el Estado provincial otorgó a sus empleados. La decisión, que sienta un precedente clave, obliga al Gobierno a regularizar los aportes y podría impactar en los haberes de miles de trabajadores.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Paraná hizo lugar a la acción de inconstitucionalidad presentada por exempleados legislativos contra el Gobierno provincial y la Cámara de Senadores, según informó Entre Ríos Ahora. El fallo, que salió en los expedientes N° 3201, N°3142 y N°3150, apunta directamente contra los decretos N°537/26 del Ejecutivo y N°017/26 del Senado, que otorgaron incrementos salariales bajo la etiqueta de 'no remunerativos'.
¿Cuál fue el argumento central?
Los jueces consideraron que esos aumentos, al no realizar aportes a la caja jubilatoria ni a la obra social, violaron el artículo 82 inciso d) de la Constitución provincial, que establece que todo incremento salarial debe estar sujeto a aportes y contribuciones. 'La calidad remunerativa de un rubro no depende de la denominación que le asigne quien dispone del presupuesto, sino de su naturaleza jurídica objetiva, ya que el trabajo no se presume gratuito', sostuvo el tribunal.
El fallo remarca que la calificación de 'no remunerativo' no se ajusta a la realidad: se trata de una remuneración encubierta que afectó los principios de proporcionalidad y movilidad del sistema previsional entrerriano. Al no hacerse los aportes, los haberes jubilatorios de los actores resultaron disminuidos, lo que vulneró su derecho de propiedad.
¿Qué implica esta decisión?
El tribunal ordenó a la administración provincial transferir a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, en un plazo de 30 días hábiles, los aportes y contribuciones adeudados por la aplicación de los decretos cuestionados. Además, dispuso que la Caja compense a los jubilados y pensionados el faltante para alcanzar el 82% o 75% del incremento percibido por el personal en actividad, según corresponda.
La medida, que afecta directamente a los trabajadores estatales que recibieron esos aumentos, podría sentar jurisprudencia para otros casos similares. Mientras tanto, el Poder Ejecutivo ya adelantó que apelará la decisión ante el pleno del Superior Tribunal de Justicia (STJ), por lo que la batalla judicial continúa.