Juicio por Trini Ruarte: la perito aseguró que el siniestro era evitable y apuntó a un factor clave

La perito de parte aseguró que el siniestro era evitable y apuntó al factor humano. Pero también dejó una aclaración que descolocó a más de uno en la sala.

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Juicio por Trini Ruarte: la perito aseguró que el siniestro era evitable y apuntó a un factor clave
Juicio por Trini Ruarte: la perito aseguró que el siniestro era evitable y apuntó a un factor clave

El juicio contra Federico N. L., imputado por homicidio culposo en el siniestro vial que terminó con la vida de Trini Ruarte, sumó un testimonio decisivo. Una perito de parte que actuó como contralora de la familia de una de las víctimas declaró ante la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de La Rioja y sostuvo que el hecho "era evitable" y que la tragedia estuvo vinculada al factor humano.

La profesional explicó las conclusiones del estudio accidentológico realizado después del hecho y afirmó que no se pudo establecer la velocidad exacta del vehículo ni el punto preciso del impacto por falta de elementos objetivos.

Qué determinó la pericia

Según la perito, la ausencia de huellas de frenado y de otros rastros dificultó la reconstrucción. Solo se pudo delimitar una zona de impacto sobre el carril izquierdo a partir de un resto plástico y una muestra hemática.

Sobre la dinámica del atropello, detalló que los cuerpos se montaron sobre el capó, alcanzaron sectores superiores del vehículo y fueron proyectados hacia atrás, un comportamiento que atribuyó a una importante transferencia de energía.

La perito también aclaró que la referencia a 142 km/h no corresponde a una velocidad determinada en este hecho, sino a un cálculo hipotético obtenido mediante una fórmula físico-matemática.

El factor humano y las condiciones de la ruta

La profesional sostuvo que, de acuerdo con el análisis accidentológico, el siniestro fue evitable y estuvo vinculado al factor humano, ya que no se detectaron factores viales, climáticos ni mecánicos que explicaran lo ocurrido.

Indicó que en ese tramo urbano de la Ruta Nacional N.º 38 la velocidad máxima permitida es de 60 km/h, aunque las condiciones del lugar y el horario —alrededor de las 6 de la mañana, con establecimientos de concurrencia masiva en el sector— exigían, según su análisis, mayores recaudos en la conducción.

Por último, señaló que en las proximidades no existían sendas peatonales ni pasos habilitados y explicó que, ante su ausencia, el cruce peatonal debe realizarse de manera perpendicular a la calzada.

Un punto que generó confusión

La perito de parte aclaró que estuvo en plena conformidad con las conclusiones del informe del perito oficial. Respecto de una constancia que mencionaba una firma "en disconformidad", explicó que se trató de un error de redacción y que la discrepancia con uno de los puntos periciales correspondía al perito de la defensa.

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