Justicia frenó la entrega de alimentos con sellos negros en comedores escolares: ¿qué pasará ahora?

¿Qué pasará con los comedores escolares en Entre Ríos? La Justicia ordenó eliminar los alimentos con sellos de advertencia, pero el servicio debe continuar. Conocé los detalles del fallo y cómo afecta a las escuelas.

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Justicia frenó la entrega de alimentos con sellos negros en comedores escolares: ¿qué pasará ahora?
Justicia frenó la entrega de alimentos con sellos negros en comedores escolares: ¿qué pasará ahora?

La Justicia de Entre Ríos acaba de dar un golpe de timón en el polémico esquema de centralización de los comedores escolares. Los productos con sellos de advertencia no podrán llegar a los platos de los chicos, y la Provincia ya tiene un límite claro que no podrá cruzar.

El vocal Juan Francisco Malvasio, del Juzgado de Juicio y Apelaciones Nº 9, hizo lugar al amparo colectivo presentado por padres, AGMER y Fundación CAUCE. La medida obliga al Gobierno a dejar de ofrecer, servir o distribuir alimentos no perecederos con sellos o leyendas precautorias en desayunos y meriendas de las escuelas públicas.

¿Qué dice el fallo exactamente?

La resolución, firmada el 21 de agosto, establece que la Provincia debe abstenerse de repartir esos productos en los establecimientos dependientes del Consejo General de Educación. Pero no se queda ahí: también ordena garantizar “en forma simultánea e ininterrumpida” alimentos alternativos que no estén alcanzados por la prohibición.

Es decir, no vale quedarse sin stock ni suspender el servicio. La Justicia prioriza que los chicos sigan comiendo, pero con productos que cumplan la ley.

El origen del conflicto

Todo empezó cuando el Gobierno provincial decidió cambiar el sistema de compras. El Decreto Nº 852/2026 habilitó una licitación pública bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta para centralizar la provisión de alimentos no perecederos, con vigencia para los ciclos 2026 y 2027 y posible prórroga en 2028.

Los amparistas cuestionaron que se abandonara el modelo anterior, donde las escuelas compraban directamente y podían incorporar alimentos frescos y producciones locales. Además, reclamaron que se respetara la Ley Nacional Nº 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, que prohíbe los sellos de advertencia en entornos escolares.

La defensa del Gobierno

La Provincia intentó frenar la medida. Cuestionó la legitimación de AGMER y Fundación CAUCE, y sostuvo que la decisión era potestad del Ejecutivo. También argumentó que la ley nacional no era aplicable en Entre Ríos por falta de adhesión provincial.

Pero el tribunal no lo vio así. Consideró que el artículo 12 de la Ley Nº 27.642 es una prohibición precisa y de aplicación inmediata, sin necesidad de reglamentación local. “La falta de adhesión no constituye óbice o valladar válido para el incumplimiento”, sentenció el magistrado.

Los alimentos observados

Durante el proceso, se detectaron al menos 23 productos de la marca “Abanderado” (de Teknofood S.A.) con sellos octogonales. La empresa aseguró que cumplía con los requisitos nutricionales y que estaba dispuesta a sustituir cualquier alimento observado. Pero la Justicia fue tajante: los sellos no pueden estar presentes.

¿Qué sigue ahora?

La centralización en sí no fue declarada ilegal. El fallo solo pone un límite: los alimentos deben cumplir la ley. La Provincia conserva la potestad de organizar el programa, elegir proveedores y menús, pero tendrá que hacerlo sin sellos de advertencia y sin interrumpir el servicio.

“La efectividad de los derechos de niños, niñas y adolescentes no puede quedar subordinada a contingencias administrativas, presupuestarias o de implementación normativa”, afirmó el tribunal. El interés superior del niño, una vez más, se impone.

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