Kicillof estalló contra la Corte por la venta de tierras a extranjeros: "El fallo de la infamia"
Axel Kicillof no se guardó nada tras el fallo de la Corte que deja sin límites la venta de tierras rurales a extranjeros. Lo que dijo sobre Milei y Malvinas, y el detalle del fallo que casi nadie menciona.
El gobernador bonaerense, Axel Kicillof, salió con los tapones de punta contra la Corte Suprema de Justicia por su decisión de dejar en pie la derogación de la Ley de Tierras Rurales que había impulsado el DNU 70/2023 de Javier Milei. En un mensaje publicado en su cuenta de X, el mandatario calificó la resolución como "el fallo de la infamia" y sostuvo que se trata de "una decisión gravísima que afecta la soberanía nacional y la voluntad popular".
El fallo del máximo tribunal revocó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023, la norma con la que el Gobierno nacional derogó la Ley 26.737. Esa ley establecía límites concretos para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros. Con la decisión de la Corte, ese artículo vuelve a estar vigente y las restricciones quedan sin efecto.
Kicillof no se quedó solo en el reproche judicial. Enlazó la resolución con el debate político que se dio semanas atrás, cuando el oficialismo intentó flexibilizar las restricciones para la compra de tierras por parte de extranjeros. "Hace menos de dos meses, miles de argentinos se movilizaron para rechazar la entrega de nuestro territorio y el Gobierno 'Nacional' tuvo que retirar su proyecto porque no conseguía los votos en el Senado", recordó.
Y disparó: "Lo que no pudieron conseguir con el Congreso y con el pueblo, ahora pretenden conseguirlo a través del Poder Judicial. Se proponen legalizar la entrega y el saqueo".
Contra Milei y Malvinas
El gobernador también apuntó directamente al Presidente y puso en duda su postura sobre la soberanía de las Islas Malvinas. "Termina de caerse la careta del supuesto Milei 'malvinero'. Detrás de los discursos fingidos, el propósito es muy concreto: entregar recursos estratégicos y subordinar los intereses nacionales a intereses extranjeros", lanzó.
El mensaje lo cerró con una consigna que ya es marca de su discurso: "¡Argentina para los argentinos!".
Qué dice el fallo de la Corte
La Corte Suprema revocó el fallo que había declarado la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/23 al considerar que la entidad que promovió la demanda carecía de legitimación para hacerlo. "Frente a la clara ausencia de un derecho de incidencia colectiva sobre un bien colectivo, no es posible tener por configurado un caso o controversia", sostuvo el tribunal.
La sentencia lleva las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. En el texto, los jueces advirtieron además sobre la actuación de tribunales inferiores que habilitan causas con legitimaciones alejadas de los requisitos constitucionales. "A pesar de que existe una clara y reiterada jurisprudencia de esta Corte respecto de los recaudos constitucionales para la configuración del caso judicial, todavía existen tribunales nacionales que insisten en reconocer legitimaciones notoriamente alejadas de ella", señalaron.
El fallo, sin embargo, aclaró que la decisión se limita al rechazo de la demanda por falta de legitimación de la actora y por ausencia del requisito constitucional de caso o controversia. En ese sentido, precisó que el pronunciamiento "no supone abrir juicio sobre la validez constitucional del artículo 154 del decreto de necesidad y urgencia 70/2023" ni implica interferencia sobre la intervención del Poder Legislativo prevista por la Constitución Nacional.
La causa se había iniciado con una acción de amparo del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) contra el Poder Ejecutivo Nacional, que buscaba la declaración de inconstitucionalidad y nulidad del artículo 154 del DNU. La Corte rechazó que una asociación pueda accionar en defensa de la soberanía territorial como si fuera un derecho de incidencia colectiva amparado por el artículo 43 de la Constitución Nacional.