La abogada salteña que explica cuándo pueden expulsar a un extranjero y qué se considera 'odio'

El Gobierno nacional lanzó un DNU que modifica la Ley de Migraciones y habilita la expulsión de extranjeros por 'declaraciones de odio'. ¿Cómo se probará? ¿Qué pasa con la libertad de expresión? Una abogada salteña lo explica en detalle.

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La abogada salteña que explica cuándo pueden expulsar a un extranjero y qué se considera 'odio'
La abogada salteña que explica cuándo pueden expulsar a un extranjero y qué se considera 'odio'

El nuevo decreto migratorio del Gobierno nacional generó un intenso debate jurídico. Una especialista salteña analiza los puntos más controvertidos y las dudas que persisten.

La abogada Luciana Barrios, con experiencia en Derecho Público y migraciones, desmenuzó el alcance de la medida que modifica la Ley de Migraciones. En diálogo con el programa "Somos la mañana", la letrada explicó que la normativa llegó mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), una herramienta excepcional que evita el paso previo por el Congreso.

Según Barrios, el decreto ya está vigente y operativo, pero requerirá una ratificación posterior del Poder Legislativo. "El decreto hoy está vigente, tiene pleno alcance y está operativo, pero va a requerir una ratificación posterior por parte del Congreso", señaló.

¿Cuáles son las nuevas causales de expulsión?

La medida amplía los supuestos que pueden impedir el ingreso de extranjeros o cancelar su residencia. Entre ellos se destacan:

• Expresiones consideradas de odio contra el pueblo argentino o sus ciudadanos por motivos de nacionalidad.
• Instigación a la violencia o al odio.
• Actos de ultraje contra símbolos patrios, como la bandera o el himno.

Para Barrios, el principal desafío será demostrar cada caso. "El problema más complejo es cómo se va a constatar qué son declaraciones de odio y cómo se va a encuadrar jurídicamente una conducta", explicó.

¿Dónde está el límite entre crítica y odio?

La especialista aclaró que no toda opinión contraria al Gobierno puede considerarse causal de expulsión. "No es lo mismo no estar de acuerdo con el presidente Javier Milei o con una política del Gobierno que realizar una declaración de odio contra toda la nacionalidad argentina", sostuvo.

Además, recordó que Argentina ya cuenta con normas que sancionan la discriminación por motivos raciales, religiosos u otros, por lo que el nuevo decreto deberá convivir con el resto del sistema jurídico.

¿Cómo se ejecutan las expulsiones?

Barrios detalló que la Dirección Nacional de Migraciones no actúa sola. En los procedimientos intervienen fuerzas de seguridad como Gendarmería Nacional, en pasos fronterizos terrestres; la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), en aeropuertos; y la Policía Federal Argentina.

En cuanto al traslado de los expulsados, en operativos terrestres participan las fuerzas correspondientes, mientras que en traslados aéreos existe un sistema llamado "carga pública", por el cual las aerolíneas reservan plazas para estos procedimientos.

El fenómeno migratorio visto desde Salta

La abogada también se refirió a los cambios en los flujos migratorios hacia Argentina. Señaló que en los últimos años aumentó la llegada de personas de países con menor presencia histórica, como ciudadanos rusos, vinculados a conflictos internacionales y crisis económicas.

"Argentina, por su propia conformación como Estado, siempre ha sido abierta a las olas migratorias", afirmó. Y recordó que la Constitución Nacional garantiza derechos básicos a los extranjeros, como salud y educación.

¿Qué pasa ahora con el DNU?

El decreto sigue vigente, pero debe pasar por la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo y luego ser tratado por ambas cámaras del Congreso. Sin embargo, no hay un plazo obligatorio para que los legisladores se expidan. "Puede pasar incluso al año legislativo siguiente", advirtió Barrios.

Mientras tanto, el debate sigue abierto entre quienes piden mayores controles y quienes alertan sobre posibles conflictos con la libertad de expresión.

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