La atención en hospitales públicos de Santa Cruz sería gratis, pero alguien más pagaría la cuenta
Un paciente llega al hospital público, lo atienden y se va sin pagar nada. Pero detrás de esa escena hay una discusión que podría cambiar las cuentas de la salud en Santa Cruz. Un proyecto de ley pone la lupa en quién debería hacerse cargo del costo y en qué se haría con la mitad de esa plata.
Un proyecto en la Legislatura provincial busca que obras sociales, prepagas, ART y aseguradoras paguen cada prestación que reciban sus afiliados en los hospitales públicos de Santa Cruz. La atención seguiría siendo gratuita para el paciente y la mitad de lo recuperado volvería al establecimiento que hizo la atención.
La iniciativa es del diputado provincial Daniel Peralta y lleva el número 186/26. Propone crear la Agencia Provincial de Recupero de Costos de Salud, un ente descentralizado que funcionaría dentro del Ministerio de Salud y Ambiente, con autarquía administrativa y financiera. Su tarea: concentrar la facturación, gestionar el cobro y, si hace falta, ejecutar judicialmente las deudas por prestaciones hechas en toda la red hospitalaria provincial.
¿Quiénes tendrían que pagar?
El texto apunta a las ART por accidentes laborales o enfermedades profesionales, a las compañías de seguros automotores y de responsabilidad civil, a las obras sociales nacionales y provinciales, y a las empresas de medicina prepaga. La Caja de Servicios Sociales de Santa Cruz queda afuera: seguiría rigiéndose por sus propios convenios.
La duda inmediata es si el afiliado tendría que poner plata de su bolsillo al llegar al hospital. La respuesta es no. El proyecto prohíbe expresamente cobrarle al paciente aranceles, copagos o cualquier suma por este mecanismo. La factura se dirige a la entidad que tenía la obligación de cubrir la prestación. Para quienes no tienen obra social ni cobertura médica, se garantiza la gratuidad en la red pública provincial.
Un ejemplo: una persona con prepaga se atiende en un hospital santacruceño. El hospital la atiende y después el Estado busca recuperar de esa empresa el costo de la prestación. Lo mismo con un accidente laboral cubierto por una ART o con atenciones vinculadas a un siniestro que deba afrontar una aseguradora. El paciente recibe la atención; la discusión económica se traslada después entre el Estado y quien debía cubrirla.
De cada $100 recuperados, $50 volverían al hospital
Uno de los puntos más llamativos es que la ley fijaría qué hacer con el dinero efectivamente cobrado. Se crea un Fondo Provincial de Reinversión en Salud Pública, con distribución mensual: 50% para el hospital que hizo la prestación, destinado exclusivamente a insumos, equipamiento y mantenimiento edilicio; 30% para la Caja de Previsión Social de Santa Cruz, como transferencia para fortalecer el sistema previsional; y 20% para la propia agencia, para funcionamiento, modernización informática y gastos legales de los cobros.
Con un ejemplo concreto: si el Estado recuperara $1 millón por una prestación hospitalaria, $500.000 volverían al hospital que atendió al paciente, $300.000 irían a la Caja de Previsión y $200.000 quedarían para el sistema de recupero.
Qué pasa si no pagan
El proyecto también endurece las herramientas contra la mora. La agencia debería notificar detalladamente la deuda y la entidad tendría 15 días hábiles administrativos para impugnarla u observarla. Para obras sociales y prepagas, una liquidación firme podría convertirse en título ejecutivo y, si persiste la mora, habilitarse el cobro por juicio de apremio. En ART y compañías de seguros hay una precaución extra: la obligación de cobertura del siniestro debe haber sido reconocida por la entidad o determinada de manera firme antes de avanzar por esa vía.
También se propone una comisión de seguimiento con representantes de todos los bloques legislativos, con acceso a información sobre recaudación, fondos enviados a hospitales y a la Caja de Previsión, y deudores en gestión judicial, más un informe semestral para la Cámara.
Santa Cruz ya cobra prestaciones: qué cambiaría
Los hospitales públicos de Santa Cruz ya pueden facturar prestaciones a obras sociales y otros terceros obligados. El 2 de septiembre de 2026, el Ministerio de Salud y Ambiente aprobó un nuevo Nomenclador de Prestaciones de Servicios de Salud para los Hospitales Públicos, junto con normas de facturación, auditoría y recupero financiero para toda la red provincial. La resolución fija valores y procedimientos para cobrar a obras sociales, financiadores, organismos y otros responsables, e incluso dispone que las atenciones de beneficiarios de ART se facturen con un adicional del 20% sobre los valores del nomenclador.
Además, durante 2026 el Gobierno provincial firmó acuerdos específicos. En abril, por ejemplo, Salud firmó un convenio con OSDE para garantizar atención a sus afiliados en hospitales públicos y regularizar el esquema prestacional y de facturación. Por eso, la verdadera novedad del proyecto 186/26 no es que las obras sociales empiecen a pagar por primera vez, sino crear una estructura específica y autónoma dedicada al recupero, con herramientas para ejecutar deudas y un destino obligatorio para cada peso cobrado. También plantea absorber dentro del nuevo Fondo Provincial los recursos que hoy existen bajo el concepto de "Arancelamiento Hospitalario".
El propio Gobierno provincial reconoció en la apertura de sesiones de 2026 que había comenzado a ordenar el recupero de prestaciones a obras sociales y que buscaba fortalecer los controles de facturación hospitalaria. En ese contexto, el proyecto de Peralta abre una discusión adicional: si ese recupero debe seguir administrándose dentro de la estructura actual del Ministerio de Salud o pasar a una agencia específica con autonomía, mecanismos de ejecución y una distribución de fondos fijada por ley.
La iniciativa ingresó a la Cámara el 30 de abril y tomó estado parlamentario en mayo. Fue girada a las comisiones de Desarrollo Social, Salud, Derechos Humanos y Vivienda; Trabajo; Presupuesto y Hacienda; y Legislación General. Por ahora es un proyecto de ley, no una norma vigente. Si avanza, el cambio más visible para los hospitales sería que la mitad de lo efectivamente recuperado vuelva al establecimiento que hizo la atención. Para los pacientes, el principio central es otro: la deuda sería de la obra social, prepaga, ART o aseguradora, no de la persona atendida.