La causa de los planes sociales en Neuquén: por qué los 12 condenados aún no van presos y qué falta para que esto termine
¿Pensaban que la causa de los planes sociales estaba cerrada? El fallo que endureció las penas tiene un freno inesperado y los 12 condenados aún no van presos. ¿Qué está pasando?
La reciente decisión del Tribunal de Impugnación de sumar el delito de asociación ilícita a la defraudación contra el Estado en la causa de los planes sociales generó un vuelco inesperado, pero el expediente sigue lejos de cerrarse. Ninguno de los 12 condenados podría comenzar a cumplir su pena en el corto plazo, según confiaron fuentes judiciales a LM Neuquén.
El fallo, que endureció las penas al incorporar una figura más grave, no está firme. Las defensas ya anticiparon que apelarán ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), un paso que podría demorar meses y que mantiene en vilo a los involucrados y a la propia política provincial.
¿Qué frenó la ejecución de las penas?
Son dos los motivos principales que impiden que los condenados vayan presos de inmediato. El primero es que la mayoría de las defensas presentará una impugnación ante el TSJ dentro del plazo legal de veinte días hábiles. Mientras ese recurso esté pendiente, la sentencia del Tribunal de Impugnación no adquiere firmeza.
El segundo es que el propio Tribunal no ordenó ejecutar la pena por defraudación, sino que dispuso realizar una nueva cesura, es decir, la audiencia donde se fija el monto de la condena, contemplando ambos delitos juntos: defraudación y asociación ilícita. Sin esa nueva cesura, no hay pena firme por ningún delito.
¿Cuál es el próximo paso?
El camino es claro: primero el TSJ deberá expedirse sobre si confirma o no lo resuelto por el Tribunal de Impugnación. Recién después se fijará fecha para la nueva cesura, donde se discutirán los montos de las penas con la nueva calificación legal. No hay fecha estimada para esa audiencia, y según pudo reconstruir este medio, es probable que el proceso ante el TSJ demande varios meses, por lo que no se descarta que la nueva cesura recién se concrete el año próximo.
¿Qué penas podrían recibir?
La asociación ilícita trae penas mínimas más altas que las que regían hasta ahora. Para quienes fueron señalados como jefes de la organización, el piso es de 5 años de prisión. Para quienes fueron calificados como miembros, sin poder de mando, el mínimo es de 3 años, una pena que en principio podría ser condicional si la persona no tiene antecedentes.
Sin embargo, ese escenario parece poco probable para varios de los condenados. Quienes ya habían recibido penas condicionales por defraudación difícilmente vuelvan a obtener una pena condicional ahora que se les suma un delito más grave como la asociación ilícita. En la cesura, los jueces deberán ponderar atenuantes y agravantes de cada caso, lo que puede modificar el resultado final.
¿Quiénes son los 12 condenados?
Señalados como jefes de la organización, con poder de mando efectivo y estable sobre otros, aparecen Abel Di Luca, exsubsecretario y luego ministro de Desarrollo Social, que tenía 5 años de prisión efectiva; Tomás Siegenthaler, coordinador de Administración del Ministerio, con 5 años; Ricardo Soiza, exdirector de Planes Sociales, con 5 años; Pablo Sanz, exdirector de Administración de Planes Sociales, con 4 años y 6 meses; y Marcos Osuna, jefe de Departamento en la Dirección de Planes Sociales, con 4 años.
Como miembros, con participación activa pero sin poder de mando, figuran Luis Gallo, exdirector de Finanzas del área, con 3 años y 6 meses; Julieta Oviedo, exdirectora de Tesorería, con 3 años y 6 meses; Alfredo Cury, abogado que se defendió a sí mismo, con 3 años y 6 meses como partícipe primario del fraude; Laura Reznik, contadora y sucesora de Gallo en Finanzas desde enero de 2022, con 3 años condicionales; Valeria Honorio, con 3 años condicionales; Isabel Montoya, con 3 años condicionales; y Emmanuel Victoria Contreras, con 3 años condicionales.
Todas estas penas, fijadas originalmente por los jueces Juan Manuel Kess, Luciano Hermosilla y Juan Guaita, quedaron sin efecto con el fallo del Tribunal de Impugnación y se volverán a fijar en la nueva cesura, ya con la calificación de asociación ilícita sumada a la de defraudación.