La condenaron por el crimen de una docente en Nogoyá y su último intento para zafar terminó de la peor manera
Su defensa apostó todo al último recurso para esquivar la perpetua y llevó el expediente hasta la instancia más alta. La respuesta del STJ entrerriano terminó de cerrarle la puerta.
La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos dejó firme la prisión perpetua de María Elena Irusta, declarada coautora del asesinato de la docente Beatriz Fernández, de 62 años. El crimen había ocurrido el 8 de abril de 2024 en una vivienda sobre la Ruta Nacional 12, en la zona de Villa 3 de Febrero, departamento Nogoyá.
Con esa resolución, el máximo tribunal provincial ratificó en esa instancia la pena que había surgido del veredicto de un jurado popular, que en septiembre de 2025 la había hallado culpable de haber participado en la planificación del homicidio.
El último recurso y el portazo del STJ
El 22 de octubre de 2026, los magistrados rechazaron la concesión del recurso extraordinario federal que había presentado la defensa de Irusta, con el que pretendía llevar el expediente hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Esa negativa clausuró esa vía y mantuvo intacta la pena máxima que prevé el Código Penal.
La mujer había sido juzgada bajo el sistema de jurados populares, que le atribuyó responsabilidad penal por el delito de homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas, en carácter de coautora.
Después del veredicto, el juez técnico Javier Cadenas, vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, le impuso la prisión perpetua. Luego, la condenada fue trasladada a la Unidad Penal Nº 6 de Mujeres, en Paraná.
El camino judicial de la defensa, encabezada por el abogado Augusto Lafferriere, pasó primero por la Cámara de Casación Penal de Paraná, que rechazó el planteo. Ese revés la llevó a la Sala Penal del STJ, donde tampoco encontró respaldo: los jueces denegaron la concesión del recurso federal e impidieron que el caso llegara de forma directa al máximo tribunal del país.
Tres condenados por el mismo crimen
La investigación judicial determinó que en el asesinato de la docente participaron tres personas: Hugo del Luján Bonadeo, esposo de la víctima; Gustavo "Murdoc" Quinodoz; y María Elena Irusta.
Bonadeo y Quinodoz no llegaron a juicio oral: reconocieron su responsabilidad en un juicio abreviado ante el juez Dante Tortul, del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, y aceptaron sendas condenas a prisión perpetua. Irusta, en cambio, optó por someterse a un jurado popular y terminó declarada culpable.
En el debate oral, Quinodoz —quien confesó haber cometido el asesinato— contó cómo se había organizado el hecho y aseguró que Irusta lo había contactado para llevarlo adelante.
"El peor error de mi vida"
El testimonio del autor confeso fue uno de los momentos centrales del juicio. Quinodoz relató las circunstancias en las que fue convocado para participar del homicidio de Fernández y expresó su arrepentimiento ante el tribunal: "Yo no nací para matar".
También reconoció la gravedad de lo que había hecho y afirmó: "El peor error de mi vida fue quitarle la vida a una persona".
Según su declaración, le habían prometido una suma importante de dinero para cometer el crimen, pero sostuvo que solo había recibido 50.000 pesos, bastante menos de lo que, según dijo, le habían ofrecido en un principio.
El móvil económico y la figura de la "jefa de la banda"
El Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal Maite Burruchaga, sostuvo durante el juicio que Irusta había tenido un papel central en la organización del homicidio. La acusación la señaló como la "jefa de la banda" y la consideró la principal responsable de coordinar las acciones que desembocaron en el asesinato de la docente.
Para la Fiscalía, el móvil del crimen fue económico: la investigación vinculó el homicidio con conflictos derivados de compromisos que Hugo del Luján Bonadeo había asumido con su esposa, Beatriz Fernández.
El jurado popular tuvo por acreditada la responsabilidad de Irusta y emitió un veredicto de culpabilidad que, tiempo después, derivó en la prisión perpetua ahora confirmada por el STJ entrerriano.