La consulta de Terra Ignis que destapó una incompatibilidad que nadie vio
La empresa estatal pidió una opinión al Tribunal de Cuentas y la respuesta la complicó: los directores y síndicos que representan al Estado son funcionarios públicos y podrían estar cobrando doble. La resolución ya apuntó a un director, pero el criterio podría salpicar a otros dos nombres clave. ¿Quiénes quedan en la mira?
La propia empresa estatal fueguina pidió una opinión al Tribunal de Cuentas y la respuesta la dejó expuesta: los directores y síndicos que representan al Estado son funcionarios públicos y podrían estar violando la Constitución si cobran doble.
Todo empezó con una consulta formal del presidente de Terra Ignis Energía, Maximiliano D'Alessio, quien quiso saber si el artículo 9° de la Constitución Provincial alcanzaba a los directores y síndicos que también son empleados o funcionarios nacionales, provinciales o municipales.
El Tribunal de Cuentas (TCP) respondió con la Resolución Plenaria N° 130/2026, firmada a fines de agosto por los vocales Hugo Pani y Miguel Longhitano. Allí fijó un criterio que puede tener consecuencias concretas sobre varios integrantes de la compañía.
Qué dice la Constitución
El artículo 9° prohíbe acumular dos o más empleos públicos rentados, ya sean nacionales, provinciales o municipales. Solo exceptúa la docencia y la investigación científica.
La duda era si esa prohibición también se aplica a quienes cobran honorarios como integrantes de una sociedad anónima. El TCP dijo que sí: la forma societaria no cambia la naturaleza pública de la función.
La Provincia posee el 90% del capital de Terra Ignis y la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) el 10% restante. Sus directores y síndicos son propuestos por el Ejecutivo, la Legislatura y la Contaduría General. Para el Tribunal, no actúan como administradores privados: representan intereses estatales, administran patrimonio público y son funcionarios públicos desde una perspectiva “material y funcional”.
Tampoco importa cómo se denominen los pagos. Aunque se instrumenten como honorarios societarios bajo la Ley General de Sociedades, cobrarlos al mismo tiempo que otra remuneración estatal puede configurar la acumulación prohibida.
El TCP aclaró que no se trata de una incompatibilidad automática: cada caso deberá analizarse individualmente para determinar si existen dos funciones públicas rentadas y si corresponde alguna excepción.
El caso que originó todo
La consulta apuntó directamente a Víctor Salgues, director titular designado a propuesta de la Legislatura y, al mismo tiempo, agente de la Dirección Nacional de Vialidad.
El Tribunal concluyó que Salgues está “prima facie” alcanzado por la prohibición del artículo 9°, porque ejerce una función en representación del Estado provincial en Terra Ignis y mantiene su vínculo con el Estado nacional en Vialidad.
El dato cobra relevancia porque la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 27 de abril de 2026 aprobó adelantos de honorarios para directores y síndicos durante este ejercicio. El expediente, sin embargo, no precisa cuánto percibe cada uno.
Llama la atención que Salgues fue nombrado a propuesta de la Legislatura, lo que sugiere que para los legisladores no existía incompatibilidad alguna o que el detalle pasó desapercibido.
Otros nombres en la mira
Aunque la consulta se limitó a Salgues, el criterio del TCP podría proyectarse sobre otros dos directores titulares propuestos por el Poder Ejecutivo: Analía Cubino y el propio Maximiliano D'Alessio.
Cubino es directora de Terra Ignis y presidenta de la Agencia de Innovación Fueguina. Ambas funciones públicas están acreditadas, pero falta determinar si percibe remuneraciones por las dos. La diferencia es clave: el TCP no cuestiona la coexistencia de cargos, sino la eventual acumulación de funciones públicas rentadas.
D'Alessio, además de presidente, director y gerente general de Terra Ignis, fue designado en 2026 para representar a Tierra del Fuego en el Directorio de YPF. Su caso no fue analizado específicamente por la Resolución 130/26 y habría que establecer el encuadre y las condiciones remunerativas de esa representación.
Los otros dos directores titulares, Mauro Pérez Toscani (Legislatura) y Alejandro Eloff (Ejecutivo), no presentarían incompatibilidad alguna.
La Sindicatura, alcanzada
El criterio también comprende a la Sindicatura, integrada durante 2026 por Evelyn Ruiz Huacache, Gretel Grava y José María Bustos López. Hasta el momento no surge información que permita afirmar que alguno acumule otro empleo público rentado.
El TCP les recordó que el artículo 294 de la Ley General de Sociedades les impone el deber de controlar la legalidad de la actuación de la empresa y el cumplimiento de la ley, el estatuto y las decisiones de la Asamblea.
Cuánto cobran, el dato que falta
El punto central ahora es conocer las remuneraciones. El expediente confirma que Terra Ignis aprobó adelantos de honorarios para directores y síndicos en 2026, pero no individualiza los montos. Sin esa información es imposible establecer cuáles de las situaciones de doble función implican también una doble percepción de remuneraciones vinculadas al Estado.
La falta de información no es nueva. En 2025, la Fiscalía de Estado ya había observado que Terra Ignis no había proporcionado a la Legislatura el detalle individualizado de las remuneraciones de sus autoridades que le había sido requerido.
La Resolución 130/26 agrega otra dimensión: saber cuánto cobran directores y síndicos ya no es solo una cuestión de transparencia en una sociedad de capital íntegramente estatal. También resulta necesario para determinar si quienes ocupan simultáneamente otra función pública remunerada quedan alcanzados por el artículo 9° de la Constitución.