La Corte de Salta tomó una decisión que cambia el futuro de las apps de viaje en la ciudad
La Corte de Justicia de Salta rechazó las demandas que buscaban frenar las apps de viaje en la ciudad. La decisión cambia el panorama para miles de conductores, pero la ordenanza sigue vigente y con controles. ¿Qué implica para tu trabajo?
El máximo tribunal provincial rechazó las dos acciones de inconstitucionalidad que buscaban declarar inválida la Ordenanza 16.377, la norma que regula el Servicio de Movilidad para Usuarios de Plataformas Digitales de Transporte. La Corte de Justicia de Salta no encontró que la normativa municipal contradiga la Constitución.
La medida despeja uno de los principales interrogantes judiciales que pesaban sobre el funcionamiento de las aplicaciones en la ciudad y representa un respaldo para el esquema que permite trabajar a conductores mediante plataformas, siempre que cumplan con las exigencias de la ordenanza.
Las demandas que quedaron en el camino
Los planteos habían sido presentados por un lado por Ricardo Roberto Elías y, por otro, por un grupo de ocho personas encabezado por Aníbal Guerrero. Los demandantes cuestionaban varios aspectos de la normativa: sostenían que generaba un trato desigual frente a taxis y remises, afectaba el derecho al trabajo, habilitaba competencia desleal y avanzaba sobre facultades que, según su postura, correspondían a la Provincia.
La Corte analizó esos argumentos y rechazó ambas acciones.
Por qué la Justicia no vio un trato arbitrario
El punto central de la resolución está en la naturaleza de cada servicio. El tribunal explicó que taxis y remises son un servicio público impropio, sujeto al control de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT). El transporte mediante plataformas digitales, en cambio, se encuadra como una actividad privada de interés público.
Esa diferencia jurídica es clave: según el criterio de la Corte, la Municipalidad de Salta puede habilitar y fiscalizar esa actividad dentro de su ejido. Por eso, las diferencias entre las exigencias para taxis, remises y vehículos de plataformas no constituyen por sí mismas un trato arbitrario, ya que pertenecen a regímenes jurídicos distintos.
El derecho al trabajo, bajo la lupa
La Corte también abordó el argumento sobre el derecho al trabajo. Señaló que la Ordenanza 16.377 no elimina licencias ni impide que taxis y remises sigan operando. Más aún: los titulares de taxis y remises también pueden prestar servicios mediante plataformas digitales, dentro de las condiciones correspondientes.
Así, el máximo tribunal provincial no encontró acreditado que la normativa implique una vulneración constitucional del derecho al trabajo en los términos planteados por los demandantes.
Qué cambia para los conductores
La resolución despeja las dos impugnaciones que buscaban hacer caer la normativa. Para quienes hoy obtienen ingresos trabajando con aplicaciones, la decisión aporta mayor certeza jurídica sobre la vigencia de la regulación municipal.
Esto no significa que las aplicaciones o sus conductores puedan funcionar sin controles. La ordenanza sigue vigente y quienes quieran desarrollar la actividad deberán hacerlo bajo las condiciones y requisitos establecidos por el municipio. La Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial de la Municipalidad de Salta es la autoridad de aplicación y conserva facultades para inspeccionar y fiscalizar plataformas, conductores y vehículos.