La Corte dejó firme la condena de Urribarri: ahora, ¿vuelve a la cárcel?
Todos esperaban que la Corte pusiera punto final a la causa de corrupción más grande de Entre Ríos, pero lo que se definió este jueves abre un nuevo capítulo judicial. La condena quedó firme y ahora la pregunta es si Urribarri volverá a prisión.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó los recursos extraordinarios de Sergio Urribarri, Pedro Báez y Juan Pablo Aguilera, y dejó firme la condena que los encontró culpables en la Megacausa por corrupción. La decisión, tomada este jueves 3 de septiembre, implica que los tres deberán regresar a la Unidad Penal de Paraná para cumplir sus penas. El máximo tribunal también rechazó los planteos de otros cuatro condenados, con lo que la totalidad de las sentencias del megajuicio quedó firme.
El fallo, de apenas un párrafo, declaró inadmisibles los recursos que el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos había concedido parcialmente en octubre de 2024. La Corte aplicó el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que le permite rechazar un recurso sin analizar el fondo. Los tres ministros coincidieron en la decisión.
La condena original fue dictada el 7 de abril de 2022 por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná. Urribarri recibió ocho años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por negociaciones incompatibles con la función pública, peculado y defraudación a la administración pública. Báez y Aguilera fueron sentenciados a seis años y seis meses. Los fiscales habían pedido doce años para el exgobernador y estimaron el perjuicio al Estado provincial en más de siete millones de dólares.
Los tres expedientes de la Megacausa
La Megacausa reunió tres causas. La primera fue la pauta publicitaria oficial adjudicada a Global Means, la empresa de Germán Buffa, que no tenía existencia real ni figuraba en el registro de proveedores del Estado. La segunda fue la causa de las imprentas, por la que Tep SRL y Next SRL, atribuidas a Aguilera, concentraron durante cinco años el negocio de la cartelería en la vía pública. La tercera fue el Sueño Entrerriano, que incluyó la solicitada contra los fondos buitre, el parador playero en Mar del Plata de 14 millones de pesos y el pago de 28 millones a la productora Nelly Entertainment por tres spots de la Cumbre del Mercosur de 2014.
El largo camino hasta la firmeza
El recorrido hasta la firmeza fue extenso. La Cámara de Casación Penal ratificó las condenas en mayo de 2023 y en abril de 2024 la Sala Penal del STJ rechazó las quejas de las defensas. En septiembre de ese año, el tribunal de juicio rechazó por mayoría la prisión de los condenados y les impuso restricciones: fijar domicilio, presentarse semanalmente en Fiscalía, entregar los pasaportes y pagar una caución de 20 millones de pesos cada uno. Pero en octubre de 2024, el propio STJ concedió los recursos extraordinarios federales y habilitó la llegada a la Corte.
En noviembre de ese año, a pedido de la Fiscalía, Casación dispuso las prisiones preventivas. Urribarri y Aguilera ingresaron a la Unidad Penal de Paraná el 22 de noviembre de 2024 y permanecieron allí hasta el 8 de enero de 2025, cuando el STJ en feria ordenó su libertad. Báez quedó con prisión domiciliaria y tobillera electrónica. Urribarri tuvo una perimetral para no salir de Concordia y Aguilera no podía salir de Paraná, aunque luego se mudó a Arroyo Barú. El recurso de queja de las defensas se resolvió hoy, poco después de las 13.
Con esta decisión, Urribarri pasa a la historia como el primer gobernador entrerriano reelecto en forma consecutiva que cumple una condena de prisión por corrupción con sentencia firme en las cuatro instancias.
Las otras causas que siguen abiertas
La condena firme no se confunde con otros procesos pendientes. La causa de enriquecimiento ilícito, que nació de una publicación de ANÁLISIS en 2015, estableció que Urribarri incrementó su patrimonio en más de 7 millones de dólares sin justificar. Los fiscales pidieron cinco años y seis meses de prisión. El debate oral se prevé para el año próximo.
Está además la causa Coimas, originada en una denuncia de 2017 por el favorecimiento a la firma RELCAT en contratos de software. Ya fue elevada a juicio, con pedido fiscal de diez años de prisión, aunque todavía no tiene fecha.
Báez tiene pendiente la elevación a juicio de su propia causa por enriquecimiento ilícito, con pedido de cinco años.
Aguilera y los contratos truchos
Aguilera también es uno de los 18 acusados que irán a juicio oral en la causa de los contratos truchos de la Legislatura, el mayor desfalco documentado en la historia reciente de Entre Ríos: entre enero de 2008 y septiembre de 2018 se desviaron unos 53 millones de dólares a través de contratos con personas que nunca prestaron servicio. El anexo del expediente enumera 796 contratistas de papel.
La causa se destapó el 20 de septiembre de 2018, cuando un procedimiento policial sorprendió a tres personas extrayendo dinero con tarjetas de débito ajenas. En julio de 2026, la jueza Marina Barbagelata firmó el auto de apertura a juicio. La Fiscalía calificó los hechos como asociación ilícita en concurso real con peculado y ofreció 441 testigos.
Según la acusación, el dinero recaudado subía hasta Alfredo Bilbao, que oficiaba de administrador general, y luego iba a Juan Pablo Aguilera y a otras personas. Aguilera es señalado como receptor final del producido durante siete años. Para él, la Fiscalía estimó una pena de 16 años de prisión. Urribarri no está imputado en ese legajo, pero su nombre atraviesa la acusación: la Fiscalía sostiene que Sergio Cardoso actuó siguiendo instrucciones del entonces presidente de Diputados para exigir la firma de contratos apócrifos. En el juicio, Urribarri deberá comparecer como testigo.
Su imputación recién llegará en la causa Contratos II, abierta en noviembre de 2025 para investigar a los responsables políticos del desfalco. En marzo de 2026 fueron citados a comparecer los exvicegobernadores Adán Bahl, José Cáceres y Eduardo Lauritto, y los expresidentes de Diputados José Allende y Sergio Urribarri.