La Corte falló en el conflicto de los 237 choferes de Paraná: quién decide ahora y qué pasa con la cautelar

La Corte ya definió qué tribunal debe hacerse cargo del pleito por los choferes de la ex Buses Paraná, pero dejó sin resolver el reclamo de fondo: cómo sigue la cautelar que obligaba a San José a absorber a 237 trabajadores y qué pasará con los que todavía esperan una respuesta.

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La Corte falló en el conflicto de los 237 choferes de Paraná: quién decide ahora y qué pasa con la cautelar
La Corte falló en el conflicto de los 237 choferes de Paraná: quién decide ahora y qué pasa con la cautelar

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió quién debe juzgar el conflicto por la incorporación de los trabajadores de la ex Buses Paraná a la nueva concesionaria del servicio urbano de pasajeros de Paraná. El máximo tribunal determinó que la causa corresponde al Juzgado del Trabajo N.º 4 de Paraná y ordenó remitirla desde la Justicia Nacional del Trabajo, en un fallo que pone fin a meses de tire y afloje entre jurisdicciones.

El origen del pleito se remonta al 26 de noviembre de 2025, días antes de que San José SA asumiera la concesión. A pedido de la conducción nacional de la Unión Tranviarios Automotor (UTA), el juez laboral porteño Claudio Fabián Loguarro hizo lugar a una medida cautelar y obligó a la empresa a absorber a 237 trabajadores de Ersa Urbano SA y Transporte Mariano Moreno que habían pertenecido a Buses Paraná.

San José discutió la resolución, pero la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo porteña confirmó la cautelar, que establecía la absorción transitoria del personal desde el inicio de la nueva concesión hasta que se dictara sentencia definitiva.

En paralelo, la concesionaria planteó una cuestión de competencia y pidió que interviniera un juzgado laboral de Paraná. La titular del Juzgado Laboral N.º 4, Carmen Prevedel, rechazó intervenir en primera instancia, pero San José apeló. A finales de febrero de 2026, la Sala II de la Cámara Tercera de Apelaciones del Trabajo de Paraná declaró la competencia de ese juzgado: los camaristas Guillermo Federik, María Alejandra Abud y Emilio Matorras revocaron el fallo de Prevedel.

Como Loguarro insistió con su propia competencia, el entredicho terminó en la Corte, que esta vez dictaminó que el expediente debe tramitar en el Juzgado Laboral N.º 4 de Paraná.

Qué cambia con el fallo

El primer efecto concreto es que la cuestión de competencia queda definitivamente zanjada. La Corte entendió que correspondía intervenir a la Justicia laboral entrerriana, en línea con lo señalado por el Procurador General de la Nación, quien había destacado que los elementos relevantes de la controversia —las empresas, los trabajadores y la prestación del servicio— estaban radicados en Paraná.

«De este modo, se establece un límite claro a la utilización del amparo como mecanismo para llevar ante tribunales de otra jurisdicción conflictos cuyo centro real se encuentra en el ámbito local», analizó un abogado laboralista.

El segundo aspecto es la situación de la cautelar dictada por el Juzgado Nacional del Trabajo N.º 7. La Corte no declaró expresamente su nulidad, pero la decisión sobre la competencia la deja en una posición muy comprometida, porque se trata de una medida emanada del mismo órgano cuya incompetencia acaba de quedar establecida. A eso se suma un antecedente fuerte: la Cámara Tercera de Apelaciones del Trabajo de Paraná ya había suspendido los efectos de aquella cautelar y se había pronunciado con dureza sobre su improcedencia.

«Incluso el vocal Federik sostuvo que la medida se encontraba alcanzada por una nulidad absoluta. Por eso, la cautelar llega a esta instancia seriamente herida: su subsistencia pende de un hilo, y deberá ser examinada por el juez que la Corte acaba de reconocer como competente», agregó el especialista.

El tercer punto es que la Corte no ingresó en la cuestión de fondo: no resolvió si Transporte San José debe incorporar o no a los trabajadores de la anterior concesionaria. Esa discusión continuará ante la Justicia laboral entrerriana, en el estado procesal en que estaba la causa, con el traslado de la demanda ya conferido a la empresa.

Las dos preguntas que ahora deberá responder la Justicia de Paraná

La primera es la legitimación de la UTA para promover la acción. La Cámara del Trabajo de Paraná ya había señalado que, por las características del reclamo, no se estaría frente a un conflicto colectivo sino ante una controversia de naturaleza pluriindividual. Es decir, derechos que corresponden a trabajadores considerados individualmente, y para que el sindicato pueda actuar en su representación debe acreditarse previamente la voluntad de esos trabajadores de ser representados. Ese requisito no habría sido acreditado en la causa.

La segunda es el fondo del asunto: determinar si la nueva licitación y adjudicación del servicio configura una transferencia de establecimiento en los términos del artículo 225 de la Ley de Contrato de Trabajo. En este punto pesa la jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, cuya Sala Laboral ya se pronunció en el caso Edeersa/Enersa y sostuvo que una nueva adjudicación no determina por sí misma la existencia de una transferencia de establecimiento. El antecedente es significativo para el juez que ahora deberá resolver, máxime cuando la actual integración de la Sala mantiene dos de los tres vocales que intervinieron en aquel fallo.

Mientras el expediente se acomoda en Paraná, el conflicto sindical siguió su propio camino. Alejados de la conducción dos de sus principales dirigentes, Juan José Brito y Gustavo Rupp, el mando de la UTA local quedó en manos de Rodrigo Epelbaum, candidato de la lista única para conducir el gremio en octubre próximo. En ese marco, una veintena de choferes de San José no tuvieron renovado su contrato y se incorporaron 30 trabajadores de la ex concesionaria Buses Paraná. Aquella cifra original de 237 se fue desdibujando con el tiempo: algunos se jubilaron, otros renunciaron, algunos iniciaron juicio por despido y otros buscaron trabajo en otro lado.

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