La Corte habilitó la derogación de la Ley de Tierras y Melella salió con un mensaje directo

La Corte Suprema dejó sin efecto la Ley de Tierras Rurales y habilitó que los extranjeros puedan superar el límite del 15% en la compra de campos. Melella no se quedó callado y lanzó una advertencia que toca la soberanía: "Crecer y atraer inversiones no puede significar resignar soberanía".

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La Corte habilitó la derogación de la Ley de Tierras y Melella salió con un mensaje directo
La Corte habilitó la derogación de la Ley de Tierras y Melella salió con un mensaje directo

El gobernador de Tierra del Fuego, Gustavo Melella, salió a cuestionar el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que dejó en pie la derogación de la Ley de Tierras Rurales y mostró su preocupación por el avance de los extranjeros sobre el suelo argentino.

Lo hizo a través de sus redes sociales, donde habló de una "profunda preocupación" por la decisión del máximo tribunal y puso el foco en un punto que excede lo económico: para el mandatario, la tierra no es solo un bien de mercado, sino parte del territorio, de los recursos naturales y del patrimonio que se les deja a las generaciones que vienen.

"Defender nuestra tierra es también defender la soberanía argentina y el patrimonio de las próximas generaciones", escribió Melella en su mensaje.

Inversiones sí, pero con un límite claro

El gobernador no se corrió del lugar de promover inversiones, desarrollo y oportunidades en la provincia. Pero marcó una línea: ese objetivo, dijo, tiene que convivir con la protección del territorio nacional.

"Crecer y atraer inversiones no puede significar resignar soberanía", sostuvo, en una frase que resume su postura frente al fallo.

Qué decidió la Corte Suprema

El pronunciamiento de Melella llegó después de que el máximo tribunal revocara una sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras Rurales.

La Corte fundamentó su decisión en una cuestión procesal: consideró que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) no estaba legitimado para impulsar la acción judicial.

Con ese fallo, volvió a quedar vigente el artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la norma. Esa ley establecía, entre otras restricciones, un límite del 15% para la titularidad extranjera de tierras rurales a nivel nacional, provincial y departamental.

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