La Corte le dio un golpe a Tapia y ahora la IGJ podrá meter la lupa en los balances de la AFA
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La Corte le dio un golpe a Tapia y ahora la IGJ podrá meter la lupa en los balances de la AFA

Claudio Tapia movió la sede de la AFA a un predio descampado de Pilar para esquivar el control de la IGJ. La Corte Suprema acaba de voltear el fallo que lo protegía y ahora el organismo podrá revisar los balances de la entidad. ¿Qué encontrará?

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la sentencia que había cancelado la inscripción de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) en el registro público de la Inspección General de Justicia (IGJ). El fallo, calificado como arbitrario por el máximo tribunal, reabre la puerta para que el organismo nacional vuelva a controlar los balances de la entidad que preside Claudio Tapia.

Con esta decisión, la IGJ recupera las facultades de fiscalización que la ley le otorga sobre la AFA y podrá avanzar con la veeduría que había dispuesto el Ministerio de Justicia. La pulseada judicial, que ya lleva varios capítulos, suma un nuevo revés para la conducción del fútbol argentino.

La maniobra que no prosperó

Para esquivar el control de la IGJ, la AFA había mudado su sede social a la provincia de Buenos Aires. La estrategia consistía en registrar la entidad ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ) bonaerense y así quedar fuera de la órbita del organismo nacional que regula a las sociedades y asociaciones civiles.

El traslado se concretó a un predio descampado en Pilar, donde la AFA montó carpas y hasta alquiló baños químicos para las elecciones de asambleístas de las categorías del ascenso. Sin embargo, la Corte Suprema ahora determinó que ese movimiento no alcanza para esquivar la fiscalización de la IGJ.

El fallo que la Corte desarmó

La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil había declarado la nulidad de la resolución 140/2026 de la IGJ, que había rechazado el cambio de domicilio y negado la cancelación de la inscripción en el registro nacional. Los camaristas Gabriel Gerardo Rolleri, Maximiliano Luis Caia y Juan Manuel Converset fallaron a favor de la AFA en esa causa y en otras tres anteriores: habían validado la mudanza a Pilar, rechazado la intervención del Tribunal Superior de Justicia porteño y desestimado un recurso extraordinario del Estado.

Además, la Cámara Civil había anulado la resolución 128/2026 del Ministerio de Justicia que había intervenido la AFA con veedores por 180 días hábiles. Tanto la IGJ como el Estado Nacional apelaron esas decisiones y llegaron a la Corte Suprema.

El argumento que la Corte calificó de "falaz"

El máximo tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, sostuvo que la Cámara Civil no es el tribunal superior de la causa en este tipo de expedientes. Para ello, precisó el alcance del precedente "Levinas" y remarcó que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires no puede tener más competencias que los superiores tribunales provinciales.

"En la medida en que las cortes provinciales carecen de competencia para revisar actos de autoridad nacional", como los de la IGJ, el TSJ tampoco puede intervenir en estas causas, señaló el fallo.

La Cámara había sostenido que la IGJ no podía inspeccionar a la AFA porque la entidad ya estaba inscripta en la DPPJ y que, de lo contrario, se daría un "inadmisible supuesto" de doble control estatal. La Corte respondió con dureza: "Como se advierte con facilidad, el argumento es falaz. No existe, ni puede existir, fiscalización concomitante alguna".

Según el máximo tribunal, el trámite de cambio de domicilio exige primero la cancelación de la inscripción en la jurisdicción de origen, aprobada por el órgano de control. Mientras eso no ocurra, la AFA sigue bajo la órbita de la IGJ.

Qué pasa ahora con la AFA

"La IGJ conserva aún las facultades de fiscalización que la ley prevé sobre la AFA y que, consiguientemente, la DPPJ carece, de momento, de facultades sobre la entidad mencionada", concluyó la Corte.

El fallo también aclaró que, una vez cancelada la inscripción en origen y registrado el cambio de domicilio, la AFA tendrá disponibles los medios legales de la nueva jurisdicción. Hasta entonces, la IGJ que conduce Daniel Vítolo mantiene la potestad de revisar los balances y de continuar con la veeduría dispuesta por la cartera de Justicia.

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