La Corte movió el tablero: qué límites rigen ahora para vender campos a extranjeros

Una ONG ambientalista pidió que la Corte aclarara si su fallo anterior la alcanzaba. La respuesta del tribunal reactivó una ley que parecía derogada y devolvió el tablero a 2011. ¿Qué límites rigen ahora para vender campos a extranjeros?

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La Corte movió el tablero: qué límites rigen ahora para vender campos a extranjeros
La Corte movió el tablero: qué límites rigen ahora para vender campos a extranjeros

La Corte Suprema de Justicia volvió a poner en el centro de la escena un debate que parecía cerrado: qué límites rigen hoy para la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. Lo hizo a través de un fallo que reactivó la vigencia de la Ley 26.737, sancionada en 2011, y que había sido derogada por el DNU 70/2023 del gobierno de Javier Milei.

La semana pasada, el máximo tribunal había revocado una sentencia que declaraba inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/23, el cual eliminaba la ley de tierras. Para tomar esa decisión, invocó cuestiones procesales: la falta de representatividad del Centro de Excombatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim), que había iniciado la causa. Con ese fallo, las restricciones a la compra de campos por extranjeros quedaban sin efecto.

La jugada que cambió el escenario

Sin embargo, el panorama se dio vuelta el viernes pasado. La Corte Suprema respondió a un planteo de la Asociación Civil Árbol de Pie, una ONG ambientalista que había presentado una acción colectiva para cuestionar la constitucionalidad del mismo artículo. La organización había pedido que se aclarara si el fallo anterior también alcanzaba a su presentación.

La respuesta del tribunal fue devolver la causa al juzgado federal de Bariloche y dictar una medida cautelar "interina" que dispuso "suspender los efectos del artículo 154 del decreto 70/2023 hasta tanto el juez competente (en principio, el de Bariloche) se pronuncie sobre la legitimación de todos los actores y examine su solicitud".

Qué límites vuelven a regir para la venta de campos a extranjeros

Hasta que la Justicia resuelva el fondo de la cuestión, vuelven a aplicarse los topes que establece la Ley 26.737, sancionada durante el gobierno de Cristina Kirchner. La norma fija un límite del 15% de las tierras rurales en manos extranjeras, tanto a nivel nacional, provincial como municipal.

Además, dispone que ninguna nacionalidad puede concentrar más del 30% de ese porcentaje. Es decir, si el total de tierras en manos foráneas no puede superar el 15%, ningún país puede acaparar más de un tercio de ese cupo.

La ley también limita a 1.000 hectáreas en la zona núcleo, o su superficie equivalente en otras regiones, la extensión que puede adquirir un mismo titular extranjero. El objetivo declarado es preservar los recursos estratégicos del país.

En esa misma línea, prohíbe la compra por parte de extranjeros de tierras con recursos hídricos y en zonas de seguridad de frontera.

Qué proponía el DNU 70/2023

La propuesta oficialista buscaba un cambio de fondo. El DNU aumentaba el tope al 25%, aunque en su versión original apuntaba directamente a borrar cualquier límite. También eliminaba los cupos por nacionalidad y la restricción de superficie por titular en la zona núcleo o su equivalente.

Lo único que mantenía era la prohibición de compra de tierras por parte de Estados extranjeros. Con el fallo de la Corte, esa flexibilización quedó en suspenso y el mercado de tierras volvió a moverse bajo las reglas de 2011.

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