La Corte ratificó las condenas por el crimen de "Látigo" Ferreira: qué argumentaron las defensas para intentar anularlas

Un jurado popular los declaró culpables y la sentencia parecía cerrada. Pero las defensas fueron hasta la Corte con dos argumentos que buscaban anular todo: una discapacidad intelectual y una supuesta defensa de un tercero. Cómo terminó la historia.

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La Corte ratificó las condenas por el crimen de "Látigo" Ferreira: qué argumentaron las defensas para intentar anularlas
La Corte ratificó las condenas por el crimen de "Látigo" Ferreira: qué argumentaron las defensas para intentar anularlas

La Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca confirmó las condenas de Jorge Roberto Castro y Mónica Beatriz Murúa por el homicidio de Miguel Ángel Ferreira, el hombre conocido como "Látigo", asesinado el 10 de septiembre de 2023 en El Bañado, departamento Valle Viejo.

El tribunal rechazó por unanimidad los planteos que las defensas habían presentado contra la Sentencia N.º 47/2025, dictada el 19 de diciembre de 2025. Esa resolución había llegado después de que un jurado popular declarara culpables a los dos acusados, también por unanimidad, el 4 de diciembre del mismo año.

Las penas que quedaron firmes

Castro había sido condenado como autor de homicidio simple a 10 años de prisión. Murúa, en tanto, recibió 5 años y 6 meses como partícipe secundaria del mismo delito. Con el fallo de la Corte, ambas condenas quedaron confirmadas en todas sus partes.

Las defensas pretendían la anulación de los veredictos y la absolución de los condenados. En el caso de Castro, pusieron el foco en la valoración de los informes del Cuerpo Interdisciplinario Forense, que habían diagnosticado una discapacidad intelectual moderada y dificultades para controlar los impulsos. Con ese respaldo, sostuvieron que correspondía declararlo inimputable.

Por qué la Corte rechazó la inimputabilidad

La Sala Penal respondió que una discapacidad intelectual no alcanza por sí sola para establecer la inimputabilidad. Lo que debe determinarse, según el tribunal, es si en el momento del hecho la persona estaba en condiciones de comprender la criminalidad de sus actos y de dirigir sus acciones.

El tribunal agregó que los informes periciales no pueden leerse de manera aislada: deben analizarse junto con el resto de las pruebas que se presentaron durante el juicio.

El argumento de Murúa que no prosperó

La defensa de Murúa planteó que ella había actuado para proteger a su hijo y que su conducta debía encuadrarse en la legítima defensa de un tercero. La Corte desestimó esa posición al entender que las pruebas incorporadas al debate respaldaban la conclusión de que su intervención facilitó la agresión, y que no se acreditaron las circunstancias necesarias para sostener esa causa de justificación.

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