La Corte tucumana cerró una puerta clave al ex fiscal Albaca en el caso Lebbos

La Corte Suprema de Tucumán dijo “no” al ex fiscal Carlos Albaca. ¿Qué argumentos usó para rechazar su pedido de libertad en el emblemático caso Lebbos y qué implica esta decisión de cara al nuevo juicio que está por comenzar?

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La Corte tucumana cerró una puerta clave al ex fiscal Albaca en el caso Lebbos

El máximo tribunal provincial rechazó el hábeas corpus presentado por Carlos Albaca, quien buscaba recuperar su libertad mientras la Corte Suprema de la Nación analiza su recurso. Los jueces determinaron que su detención es legal porque la condena por encubrimiento ya es firme en el ámbito local.

La resolución, firmada el viernes, desestimó todos los argumentos de la defensa del ex funcionario. Albaca había planteado que su privación de libertad era ilegítima al considerar que la sentencia no había adquirido firmeza definitiva, dado que el expediente está ahora ante el máximo tribunal del país.

En su escrito, el ex fiscal argumentó que “la Cámara Penal Conclusional, Sala 1ª dispuso mi detención y cumplimiento de pena, sin que exista sentencia penal firme, cosa juzgada material, ni firmeza constitucional”.

Un pedido rechazado de plano

La presentación de Albaca incluyó una recusación general contra los magistrados que hubieran intervenido en su proceso. Sin embargo, la Corte tucumana rechazó de inmediato este planteo, calificándolo como “una recusación sin causa”, un mecanismo no admitido por la normativa en este tipo de acciones.

Los jueces recordaron que el artículo 18 del Código Procesal Constitucional establece de manera expresa que “no es admisible la recusación sin causa”. Señalaron además que, si el ex fiscal pretendía apartar a los integrantes del tribunal, debió plantearlo en el momento procesal adecuado dentro del proceso penal, no a través de un hábeas corpus.

¿Por qué no procedió el hábeas corpus?

Al analizar el fondo del caso, el tribunal concluyó que esta vía constitucional no era la adecuada para revisar la medida de detención. Los magistrados advirtieron que habilitar este tipo de revisión “significaría quebrar el buen orden en los pleitos y auspiciar la anarquía judicial”.

El tribunal subrayó que este recurso excepcional está reservado para situaciones de extrema gravedad, es decir, para “groseras anomalías que impliquen la desnaturalización del proceso penal” y que deriven en una privación ilegítima de la libertad.

En el caso de Albaca, los jueces consideraron que él contaba con los mecanismos procesales ordinarios para impugnar la decisión, por lo que el hábeas corpus no podía usarse como una instancia alternativa de revisión.

El argumento clave de la firmeza

El núcleo de la defensa se basaba en que la condena no sería firme debido a la intervención de la Corte Suprema de la Nación. La Corte tucumana rechazó esta interpretación de manera contundente.

Explicaron que el trámite del proceso se agotó en la instancia provincial luego de que la propia Corte local rechazara en 2023 los recursos extraordinarios federales presentados por la defensa. Esta decisión determinó la firmeza de la condena a efectos procesales locales.

Además, el fallo remarcó que la interposición de un recurso de queja ante la Corte Suprema de la Nación no suspende la ejecución de la sentencia. Citando el artículo 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, recordaron que la sola presentación de ese recurso carece de efecto suspensivo.

Incluso aclararon que un eventual pedido de remisión del expediente por parte de la Corte nacional tampoco modifica esta regla, ya que no puede suspender la ejecución de una sentencia firme en la jurisdicción provincial.

Un caso que no pierde vigencia

La resolución fue firmada digitalmente por los magistrados Gustavo Aldo Simón Romagnoli, Luis Fernando Morales Lezica y Stella Maris Arce. Su decisión mantiene en prisión domiciliaria al ex fiscal, condenado en diciembre de 2021 por encubrimiento en la investigación del crimen de Paulina Lebbos.

La Justicia determinó que, durante su desempeño como fiscal, Albaca realizó maniobras que obstaculizaron el esclarecimiento del caso de la estudiante universitaria, desaparecida en febrero de 2006 y hallada sin vida semanas después.

La resolución se conoció además en un momento particularmente sensible para el expediente, ya que comenzará un nuevo juicio oral relacionado con el caso Lebbos. En ese proceso, César Soto será juzgado como presunto autor del homicidio de la joven, mientras que Sergio Kaleñuk enfrentará cargos por encubrimiento, reactivando un caso que, a casi dos décadas del crimen, continúa marcando la agenda judicial tucumana.

El rechazo del hábeas corpus significa que Albaca deberá continuar cumpliendo su condena, a la espera de que la Corte Suprema de la Nación decida finalmente si admite o no el recurso de queja presentado por su defensa.

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