La denuncia que llegó desde Estados Unidos y terminó con una condena en General Pico

¿Cómo descubrieron desde Estados Unidos que un joven de General Pico tenía material de abuso sexual infantil? La investigación que culminó en una condena.

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La denuncia que llegó desde Estados Unidos y terminó con una condena en General Pico
La denuncia que llegó desde Estados Unidos y terminó con una condena en General Pico

Un joven de 26 años fue condenado en General Pico por tenencia de material de abuso sexual infantil, luego de que la alerta surgiera desde Estados Unidos. La investigación comenzó con un reporte internacional y culminó con una pena de cuatro meses de prisión condicional.

¿Cómo se destapó el caso?

El Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados Sexualmente (NCMEC), con sede en Estados Unidos, detectó actividad sospechosa en plataformas digitales y dio aviso a las autoridades argentinas. A partir de ese reporte, la fiscalía de General Pico inició una investigación que derivó en un allanamiento el 15 de mayo de 2025.

El allanamiento y el hallazgo

En el domicilio del imputado, los investigadores secuestraron un teléfono móvil y una computadora de escritorio. En esos dispositivos, propiedad del acusado, se encontró material de abuso sexual infantil, lo que motivó la acusación por el delito de “tenencia simple de material pornográfico o de pornografía infantil”.

El juicio abreviado y la sentencia

El acuerdo de juicio abreviado fue presentado por la fiscal Ana María Ballari, el defensor particular Marcelo Petrelli y el propio imputado, Emanuel Alexis H. El juez de control Diego Ambrogetti homologó el acuerdo y dictó la condena de cuatro meses de prisión de ejecución condicional.

Además, el juez impuso reglas de conducta por dos años, entre ellas fijar domicilio y no modificarlo sin autorización de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley. Según el Registro Nacional de Reincidencia, el condenado no tenía antecedentes penales previos.

Qué dice la ley

El artículo 128 del Código Penal argentino reprime la tenencia y distribución de pornografía infantil. El tipo penal se configura con la representación de menores en actividades sexuales explícitas o la exhibición de sus partes genitales con fines sexuales, tal como lo establece el protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño.

El juez Ambrogetti explicó que, según el artículo 369 del Código Procesal Penal, no podía imponer una pena mayor a la acordada. “La pena de cuatro meses de prisión de ejecución condicional acordada en el presente caso se encuentra dentro de los parámetros previstos por la ley, y constituye la sanción máxima que puedo aplicar en el marco del presente juicio abreviado”, sostuvo el magistrado.

Finalmente, se ordenó la inscripción del condenado en el Registro Provincial de Antecedentes de Condenados por delitos contra la Integridad Sexual y el decomiso del material secuestrado.

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