La diputada Molinuevo quiso llevar el caso con Jaldo a la justicia federal y se topó con un muro

La diputada Molinuevo intentó correr a la justicia federal la causa que le inició Jaldo por sus tuits, pero la Cámara Federal de Apelaciones le cerró la puerta. El argumento que usaron los jueces para dejarla sin esa vía y qué pasa ahora con el expediente.

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La diputada Molinuevo quiso llevar el caso con Jaldo a la justicia federal y se topó con un muro
La diputada Molinuevo quiso llevar el caso con Jaldo a la justicia federal y se topó con un muro

La diputada nacional Paula Molinuevo (LLA) acumuló un nuevo traspié judicial en su pulseada con el gobernador Osvaldo Jaldo. La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán rechazó el recurso de apelación que la legisladora libertaria había presentado en abril y confirmó la sentencia de primera instancia que ya había desestimado su intento de correr la causa hacia el fuero federal.

El expediente es una derivación de la demanda que el mandatario provincial impulsa contra Molinuevo en el fuero civil del Poder Judicial tucumano por sus publicaciones en redes sociales.

El origen del conflicto

Todo se remonta a los comentarios que la diputada hizo después de la agresión que sufrió el diputado nacional Federico Pelli (LLA) a manos del empleado público Marcelo “Pichón” Segura. Ese ataque terminó con una condena de tres años de cárcel para Segura, dictada en un juicio abreviado.

En ese contexto, Molinuevo atribuyó al gobierno una “conducta mafiosa”, entre otras expresiones que Jaldo consideró injuriantes. El gobernador, representado por la abogada Paula Morales Soria, pidió una medida autosatisfactiva para que se eliminaran esos posteos.

La primera instancia hizo lugar parcialmente al reclamo de Jaldo y ordenó borrar parte del contenido. Días atrás, la Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmó ese fallo, pero la diputada recurrió y ahora busca que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán revise el caso.

El intento de mover el expediente al fuero federal

En paralelo, Molinuevo intentó desplazar la discusión hacia la justicia federal mediante un planteo de inhibitoria. El juez federal Guillermo Díaz Martínez lo rechazó, y la dirigente apeló esa decisión. Ahora, la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán tampoco le dio la razón.

En su resolución, los camaristas repasaron los argumentos de la diputada. Según el fallo, la recurrente cuestionó que se aplicara “meramente formal” el artículo 7 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que regula cómo se plantean las cuestiones de competencia entre jueces. Para Molinuevo, esa norma clausuró la vía federal porque ella ya había promovido una declinatoria ante la justicia provincial.

La diputada también sostuvo que la sentencia de grado omitió tratar la cuestión federal vinculada con la inmunidad parlamentaria que establece el artículo 68 de la Constitución Nacional, lo que —a su entender— configura arbitrariedad, exceso ritual manifiesto y vulneración de la tutela judicial efectiva. Asimismo, cuestionó la aplicación del precedente “Zini” porque, según ella, no resulta trasladable a un caso donde están comprometidas garantías constitucionales y una cuestión de gravedad institucional.

“Existe una cuestión federal directa, pues la intervención de la justicia provincial afectaría la inmunidad de una diputada nacional y la libertad de expresión política”, planteó la legisladora en su presentación.

El argumento de la Cámara

Los jueces Fernando Luis Poviña, Patricia Marcela Moltini, Mario Rodolfo Leal y Marina Cossio analizaron el artículo 7 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en especial el apartado que establece que “elegida una vía (para la declinatoria) no podrá en lo sucesivo usarse de otra”.

“En el caso, no se encuentra controvertido que la recurrente planteó inicialmente la incompetencia ante el juez provincial por vía de declinatoria y que, con posterioridad, promovió la presente inhibitoria ante la justicia federal”, señalaron los magistrados. Ricardo Sanjuan no se expidió por encontrarse de licencia.

Los camaristas advirtieron que esa situación ya había sido mencionada en los dictámenes del Ministerio Público Fiscal de primera y segunda instancia.

“En efecto, la previsión procura impedir que una misma parte utilice, en forma simultánea o sucesiva, distintas vías procesales encaminadas a un mismo objetivo: apartar del conocimiento de la causa al juez que previno”, consignaron. Y agregaron: “De allí que, ejercida una de las alternativas previstas para cuestionar la competencia, no resulte admisible acudir posteriormente a la restante, tal como lo ha señalado reiteradamente la CSJN al interpretar esta regla procesal”.

Para el tribunal, la observancia del artículo 7 “no implica un excesivo rigor formal ni impide el tratamiento de la cuestión planteada, sino que ordena el modo en que esta debe ser canalizada una vez ejercida la opción procesal correspondiente”. Con esos argumentos, la Cámara Federal de Apelaciones confirmó el rechazo al recurso de Molinuevo.

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