La estafa con planes sociales en Neuquén: la Justicia ahora la considera una asociación ilícita
¿Pensaban que la estafa con planes sociales era solo un fraude administrativo? La Justicia de Neuquén ahora habla de asociación ilícita y los argumentos del fallo que cambió todo.
La Cámara de Impugnación de Neuquén dio un giro clave en la causa por la estafa con planes sociales: revocó la absolución por asociación ilícita y ahora los 12 condenados podrían sumar ese delito a su pena. El fallo, que fue unánime, sostiene que la maniobra montada desde el ministerio de Desarrollo Social no fue un simple fraude, sino una verdadera banda organizada.
Los jueces Juan Manuel Kees, Luciano Hermosilla y Juan Guaita habían absuelto a los 12 imputados del delito de asociación ilícita, considerándolos solo responsables de administración fraudulenta agravada. Sin embargo, el fiscal jefe Pablo Vignaroli y el representante de la fiscalía de Estado, Gustavo Kohon, apelaron y lograron que el Tribunal de Impugnación les diera la razón.
¿Qué argumentos cambiaron la decisión?
El juez Federico Sommer, autor del voto principal (al que adhirieron Mauricio Macagno y Liliana Deiub), señaló que la sentencia original tenía contradicciones internas. Para él, los jueces de juicio dieron por probada la existencia de una organización estable y con permanencia en el tiempo, pero después la descartaron sin fundamentos sólidos.
Sommer destacó que el desvío de fondos se ejecutó de cuatro maneras: personas vulnerables que aparecían como beneficiarias, empleados de la Dirección de Planes Sociales, familiares de estos y personas incluidas en listas aportadas por referentes políticos. En todos los casos, cobraban el subsidio y solo entregaban una mínima parte a los titulares reales.
La "caja azul" y el rol del Estado
El fallo también remarca que el uso de la "caja azul", las extracciones masivas en cajeros y el cobro de cheques demuestran que se utilizó el aparato estatal para cometer el delito. Esto no excluye la existencia de una banda criminal, sino que la confirma.
El juez Sommer fue contundente: "Sostener que la pertenencia a un Ministerio o la existencia de decretos que autoricen pagos excluyen la banda criminal implica desconocer que la estructura burocrática del Estado fue utilizada como instrumento operativo para el desvío ilícito".
Además, descartó la teoría del "hecho único continuado" que planteaban las defensas y concluyó que hubo un "yerro lógico y dogmático" en la sentencia original, que probó la organización pero dudó en aplicar el artículo 210 del Código Penal.
La causa, que investiga una estafa millonaria con planes sociales durante la gestión de Omar Gutiérrez, ahora vuelve a una nueva etapa. El exdirector de Planes Sociales, Ricardo Soiza, ya fue exonerado por el gobernador Figueroa tras la condena, pero esta nueva definición podría agravar las penas de todos los implicados.