La estrategia secreta que evitó un desastre multimillonario: cómo el Gobierno enfrentó el juicio de YPF

Revelan la estrategia interna que llevó a un fallo histórico para la Argentina. ¿Cómo lograron revertir un juicio que amenazaba con costarle miles de millones al país? Los detalles que no se conocían.

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La estrategia secreta que evitó un desastre multimillonario: cómo el Gobierno enfrentó el juicio de YPF

Un fallo judicial en Estados Unidos le dio un respiro histórico a la Argentina en el millonario juicio por la expropiación de YPF. La secretaria legal y técnica, María Ibarzábal, reveló los detalles de una estrategia que trabajó “codo a codo” durante dos años para enfrentar una demanda que actuaba como “una espada de damocles” sobre el país.

En diálogo con TN, Ibarzábal describió cómo se armó el equipo justo antes de la asunción del presidente Javier Milei, cuando el país recibió un juicio “tan en contra” con una cifra sideral. La funcionaria destacó que la decisión fundamental fue “no entrar en desacato” y cumplir con las órdenes del juzgado de la jueza Loretta Preska.

“Lo primero y más importante es la decisión de defender al país con uñas y dientes”, aseguró con firmeza la secretaria legal. Este compromiso marcó el tono de toda la defensa que llevó adelante el Estado argentino.

¿Cómo cambió la reputación argentina?

Un pilar central de la estrategia fue modificar la imagen internacional de la Argentina. Ibarzábal explicó que se trabajó intensamente para “mostrar que somos un país serio y que jugamos dentro de las reglas de juego”.

Este esfuerzo de relacionamiento exterior tuvo un aliado clave. La funcionaria remarcó que “como en ningún otro gobierno, Estados Unidos ha apoyado a la Argentina”, un respaldo que fue acompañado por otros países durante todo el proceso judicial.

Los resultados de este trabajo diplomático y legal se vieron reflejados en el fallo. Ibarzábal no ocultó su satisfacción: “A veces los resultados acompañan el trabajo súper profesional y otras no, y esta vez por suerte lo hizo”. La emoción, según contó, fue tal que “hubo brindis en Casa Rosada”.

¿Qué viene después del fallo?

El camino legal no terminó con esta victoria. Ibarzábal aclaró que el fondo Burford, que representa a los accionistas, “puede presentar un pedido para que el fallo sea revisado y también puede ir a la Corte Suprema”.

Frente a esta posibilidad, la secretaria legal fue contundente: “Vamos a seguir trabajando con mucho profesionalismo y discreción”. La estrategia mantendrá su rumbo ante cualquier nuevo desafío judicial.

Un aspecto técnico fundamental del fallo fue la interpretación del derecho argentino. Ibarzábal señaló que “el principal argumento de la Cámara es que Preska interpretó mal el derecho argentino”. Esta corrección, según su análisis, “inclina la cancha a nuestro favor”.

La funcionaria anticipó que estará presente en la cadena nacional del Presidente Javier Milei, donde se hará hincapié en este fallo favorable que constituye un hito en la defensa jurídica internacional del país.

Los argumentos que inclinaron la balanza

Los jueces Denny Chin y Sarah Merriam Robinson, que integraron la mayoría en el tribunal estadounidense, sostuvieron un punto crucial. Determinaron que los reclamos de los accionistas minoritarios contra Argentina e YPF “no son reconocibles según la ley argentina”.

Este reconocimiento es vital porque avala que la expropiación de la empresa fue discutida y aprobada por el Congreso de la Nación, es decir, se realizó bajo la norma legal vigente en el país. Esta premisa derribó la base de la demanda.

Los magistrados explicaron que los estatutos de YPF no constituyen un contrato bilateral exigible entre el Estado y los inversores privados. En cambio, cumplen una función organizativa interna de la sociedad anónima y no generan obligaciones contractuales que permitan reclamar daños por incumplimiento.

La sentencia enfatizó que la Ley General de Expropiaciones regula de manera integral el proceso de estatización y desplaza cualquier reclamo de naturaleza contractual. Por esta razón fundamental, tampoco existía obligación de realizar una oferta pública de adquisición de acciones a los minoritarios una vez concretada la expropiación.

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