La familia del bebé de Rancul sufre un nuevo revés judicial: qué pasa ahora

La Sala A del STJ de La Pampa acaba de declarar inadmisible el recurso de la familia de Rancul que busca quedarse con el bebé de 7 meses. Pero hay una última carta que pueden jugar…

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La familia del bebé de Rancul sufre un nuevo revés judicial: qué pasa ahora
La familia del bebé de Rancul sufre un nuevo revés judicial: qué pasa ahora

La Sala A del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa (STJ) declaró inadmisible el recurso extraordinario federal presentado por Joaquín Díaz y Ana Laura Pizzani, la pareja que reclama quedarse con el bebé de 7 meses que tienen en guarda como familia de contención en Rancul. Con esta decisión, tomada este lunes, se cierra -al menos por ahora- la vía directa para que el caso llegue a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La resolución, a la que accedió Diario Textual, fue dictada el 7 de septiembre y rechaza los argumentos de la pareja, que buscaba llevar el expediente al máximo tribunal nacional. Sin embargo, los abogados de la familia todavía tienen una alternativa: presentar un recurso de queja ante la Corte Suprema por la denegación del extraordinario, un mecanismo previsto en el artículo 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Un dato que sorprende

La familia venía sosteniendo -posiblemente por asesoramiento de sus abogadas Cristina Luján Salvadori y Yanina Luján Cabrera- que el caso ya estaba en la Corte. Pero eso no es así, según el fallo del STJ.

El recurso que ahora fue rechazado se había presentado contra una resolución anterior del propio STJ, que a su vez había declarado inadmisible un recurso extraordinario provincial interpuesto contra una sentencia de la Sala de Feria de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Segunda Circunscripción Judicial.

En su presentación, Díaz y Pizzani sostuvieron que estaba en juego una cuestión federal vinculada con los derechos del niño y que se había afectado su derecho a ser oídos. Invocaron normas de la Constitución Nacional, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley 26.061. También cuestionaron el rechazo de la vía de amparo y afirmaron que está comprometido el interés superior del niño, porque la relación construida con el bebé durante los primeros meses de vida debería ser tenida en cuenta antes de decidir su destino.

Pero el STJ consideró que el recurso no cumplía con los requisitos formales. En particular, remarcó que los recurrentes no refutaron “todos y cada uno de los fundamentos independientes” de la resolución que cuestionaban.

El tribunal señaló que la decisión anterior no se basó únicamente en el derecho a ser oídos, sino que también consideró que los interesados habían recurrido a otra vía -un proceso de medida autosatisfactiva- que fue rechazada por no ser el camino adecuado para revisar la actuación administrativa. Además, entendió que el planteo sobre la legitimación de la pareja formaba parte de la misma situación jurídica vinculada con la decisión administrativa que dispuso el cese de la medida excepcional.

“Estos argumentos no fueron rebatidos en su totalidad por los quejosos”, sostuvo el STJ. Los jueces también cuestionaron que el nuevo recurso repitiera argumentos ya planteados en instancias anteriores, lo que no constituye una crítica concreta y razonada de la resolución recurrida.

El conflicto de fondo

La pelea judicial se hizo pública cuando la pareja decidió no entregar al niño de 7 meses que tenía bajo su cuidado como familia de contención. La jueza Ana Pérez Ballester había ordenado a la Dirección de Niñez y Adolescencia de La Pampa que reclamara la entrega del bebé. La pareja fue citada en la sede del organismo en General Pico, pero este lunes por la mañana comunicó que no lo entregaría.

La familia reclama que se contemple el vínculo afectivo construido con el niño y pretende adoptarlo. Sin embargo, el sistema de familias de contención establece que quienes reciben temporalmente a un niño no pueden luego adoptarlo. Las autoridades sostienen que la pareja firmó al recibir al bebé un documento en el que renunció expresamente a esa posibilidad, y que modificar esa situación implicaría desconocer las reglas del sistema.

Mientras tanto, el bebé sigue al cuidado de la pareja, que ahora deberá decidir si presenta la queja ante la Corte Suprema para intentar revertir el rechazo. El tiempo corre, y la definición sobre el futuro del niño sigue sin resolverse.

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