La IA ya tiene un lugar en la Constitución de Jujuy: qué dice la normativa y qué falta regular

¿Sabías que la Constitución de Jujuy ya reconoce la inteligencia artificial como un derecho? Te contamos qué dice la norma y qué falta para que se aplique en la provincia.

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La IA ya tiene un lugar en la Constitución de Jujuy: qué dice la normativa y qué falta regular
La IA ya tiene un lugar en la Constitución de Jujuy: qué dice la normativa y qué falta regular

La inteligencia artificial (IA) ya no es solo una promesa de ciencia ficción: en Jujuy, esta tecnología ya tiene un respaldo legal en la Constitución provincial, aunque todavía quedan pasos por dar en su reglamentación. El doctor en Ciencias Sociales Iván Lello explicó los alcances de esta normativa y los desafíos que se vienen.

Un derecho constitucional para los jujeños

Lello detalló que, en la reforma parcial de la Constitución de Jujuy de 2023, se incorporó un artículo que reconoce a la inteligencia artificial como un derecho constitucional. Sin embargo, advirtió que la Legislatura aún debe avanzar en la reglamentación de varios artículos que surgieron de esa reforma.

La IA ya es parte de la vida cotidiana

El especialista remarcó que la IA dejó de ser un tema del futuro y ya es una realidad con impacto en la producción, la salud, las empresas y la vida diaria. En ese contexto, señaló que el avance tecnológico trae oportunidades, pero también riesgos que no se pueden ignorar.

Qué dice exactamente la normativa

La Convención Constituyente incorporó un capítulo sobre inteligencia artificial o no humana, donde se reconoce el derecho de toda persona a usar sistemas de IA basados en algoritmos, datos y modelos que imitan el comportamiento humano y automatizan procesos complejos, así como futuros desarrollos en este campo.

La ley establece que estos sistemas estarán sujetos a principios como legalidad, transparencia, responsabilidad, privacidad, protección de datos, seguridad, no discriminación y rendición de cuentas. Además, garantiza el acceso a la justicia ante vulneraciones y consagra la posibilidad de solicitar una revisión humana cuando sea necesaria.

En caso de conflictos de derechos por el uso de estos sistemas, se aplica el principio de primacía de los derechos humanos y de las libertades y garantías constitucionales a favor de las personas.

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