La interna de los magistrados tucumanos sumó un nuevo round: la cautelar que pidió una vocal no prosperó

Una vocal pidió frenar el proceso electoral de la Asociación de la Magistratura y la Justicia le respondió con un rechazo. Pero la reunión de la comisión directiva sigue en pie y el cronograma está en la orden del día: qué se juega en la interna que tiene a los magistrados tucumanos en conflicto.

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La interna de los magistrados tucumanos sumó un nuevo round: la cautelar que pidió una vocal no prosperó
La interna de los magistrados tucumanos sumó un nuevo round: la cautelar que pidió una vocal no prosperó

El proceso para renovar autoridades en la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Tucumán (AMT) seguirá su curso, al menos por ahora. La vocal Malvina Seguí había pedido una medida cautelar de no innovar para frenarlo, pero el juez en lo Civil y Comercial Común de la XIII Nominación, Raúl Eugenio Martín Tejerizo, no hizo lugar al planteo.

La decisión se conoció el 21 de octubre, el mismo día en que el magistrado recibió el expediente. Y cayó justo cuando la comisión directiva de la entidad tenía agendada una reunión para este jueves a las 18, con un punto que promete debate: el "tratamiento del cronograma electoral".

Por qué el juez rechazó el freno

Seguí había denunciado esa convocatoria el 20 de octubre y acompañó la copia extractada de un presunto correo electrónico como hecho nuevo. Para Tejerizo, incluso si ese documento fuera auténtico, solo probaría que se va a tratar un cronograma. Y eso, a su criterio, no altera la composición del cuerpo electoral, no incorpora socios adherentes a un padrón ni oficializa candidaturas.

El juez también remarcó que en la causa no consta que el padrón esté confeccionado ni que exista otro acto inminente con el contenido lesivo que se denuncia. Dentro del calendario estatutario, los actos que podrían consumar esa lesión no aparecen como próximos, y los plazos del amparo permitirían una resolución de fondo antes de que ocurran.

Además, consideró que abstenerse de "cualquier acto" del proceso electoral va más allá de lo necesario para resguardar el derecho invocado. Como los requisitos son concurrentes, no analizó la verosimilitud del derecho. La resolución aclara que no causa estado y que la medida podrá volver a pedirse si aparece un riesgo concreto e inminente.

Qué le pidieron a la AMT

En la misma fecha, Tejerizo le dio trámite de amparo a la demanda y corrió traslado a la AMT. La entidad tiene dos días hábiles desde la notificación para presentar el informe circunstanciado, ofrecer prueba y contestar. La cédula debe diligenciarse en la sede de la asociación, con habilitación de días y horas.

Junto con ese informe, la AMT deberá acompañar la nómina de socios adherentes con su fecha de admisión y domicilio. Ese listado quedará reservado y solo tendrán acceso las partes. A la actora, en tanto, le pidió que en 24 horas presente en un pendrive la documentación que había ofrecido mediante un enlace externo.

La cadena de inhibiciones que complicó el trámite

El expediente llegó a Tejerizo por una decisión de la Cámara en lo Civil y Comercial Común. El vocal Benjamín Moisá, que actuó como reemplazante de la presidenta del tribunal, revisó cuatro excusaciones de integrantes de la sala.

Aceptó la de Luis José Cossio, del 19 de octubre, porque es miembro de la comisión directiva de la AMT: una vinculación orgánica que distinguió de la simple condición de asociado. En cambio, observó las de Carlos Enrique Courtade, María del Pilar Amenábar y Laura Alcira David, todas del 20 de octubre, porque no individualizaron los hechos que configurarían las causales invocadas. Courtade había alegado participación directa en la entidad, interés en el pleito y amistad manifiesta con la actora y con directivos; Amenábar, amistad con Seguí; y David, su condición de asociada.

Moisá ordenó formar un incidente de excusación y, con base en el artículo 18 del Código Procesal Constitucional, remitió el expediente a Tejerizo para que siga el trámite con plena jurisdicción hasta que la alzada resuelva esa cuestión.

En el mismo decreto incluyó un apartado titulado "Recordatorio", sobre las excusaciones masivas y algunas resoluciones de magistrados del Poder Judicial en temas sensibles desde lo político. "Las sentencias o la actuación de los magistrados —que tenemos la sagrada misión de impartir justicia—, afectadas por el temor o la complacencia, hacen crujir los cimientos y el andamiaje de la República", escribió. El texto no precisa a qué resoluciones se refiere.

El origen de la disputa y la carrera contra el calendario

Tejerizo se había inhibido el 15 de octubre por ser miembro activo de la AMT. El juez de la XII Nominación, Camilo Emiliano Appas, observó esa inhibición el 17, sostuvo que la sola condición de asociado no configura la causal y elevó las actuaciones a la Cámara. Luego, a pedido de la actora, reclamó que se las remitieran a su juzgado. Seguí había pedido a ambos y a la Cámara que resolvieran la cautelar de inmediato, con el argumento de que el artículo 58 del Código Procesal Constitucional establece que la solicitud debe resolverse el mismo día de su presentación, que fue el 14 de octubre.

El amparo, presentado por su apoderado Eduardo Racedo, impugna una nota del 9 de octubre de la comisión directiva firmada por el vicepresidente Jorge Jakobsen. Según el escrito, la entidad computa los cuatro años de pertenencia activa que el estatuto exige a los socios adherentes —categoría integrada por funcionarios judiciales— desde su incorporación efectiva, anterior a la reforma.

Seguí sostiene que el artículo 40 del estatuto fija su vigencia desde la publicación en el Boletín Oficial, el 31 de octubre de 2025, por lo que ninguno de ellos reuniría la antigüedad antes de octubre de 2029. Calcula que unos 50 funcionarios quedarían habilitados para votar, sobre unos 200 electores regulares.

Los mandatos de la actual comisión directiva vencen el 15 de diciembre y la convocatoria a elecciones requiere al menos 30 días de anticipación. Seguí anunció el 25 de septiembre que será candidata a presidenta y se reservó el derecho de pedir la intervención judicial de la entidad.

Otro frente abierto: el balance contable

La AMT tiene además otro expediente judicial en marcha. La jueza Ana María Iacono promovió en julio una demanda de nulidad de la asamblea del 23 de abril, que aprobó el balance 2025 sin exhibirle los comprobantes que había pedido. El 13 de octubre, la jueza Inés de los Ángeles Yamuss inspeccionó la sede de la entidad en esa causa y constató que el libro de Bancos no tiene anotaciones desde el 19 de mayo de 2017.

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