La justicia anuló un sobreseimiento: el motivo que pocos conocen
Un fallo judicial dejó sin efecto un sobreseimiento por lesiones graves. ¿El motivo? La víctima no fue escuchada. Conocé los detalles de esta decisión que marca un precedente.
El Tribunal de Revisión de Corrientes dejó sin efecto un sobreseimiento dictado en favor de un hombre acusado de lesiones graves. La razón: la víctima no fue escuchada antes de cerrar el caso, un derecho que los jueces consideraron inalienable.
Los magistrados Mario Alberto Alegre, Diego Roberto Núñez Hüel y Karina Elizabeth Asselborn sostuvieron que la víctima tiene derecho a ser oída antes de cualquier medida que extinga la acción penal. La decisión fue unánime.
¿Qué denunció la víctima?
El caso llegó al tribunal tras una impugnación presentada por la víctima y su abogado. Alegaron que no se garantizó su intervención previa al cierre del proceso. Entre los reclamos, señalaron que la resolución no fue notificada correctamente y que quedaron pendientes pruebas clave, como testimonios y pericias sobre los elementos usados en el hecho.
Esas pruebas eran esenciales para esclarecer lo ocurrido, según la denuncia.
Más allá del código procesal
El tribunal aclaró que el artículo 290 del Código Procesal Penal no puede aplicarse de forma aislada. Recordaron que la Ley Nacional 27.372 de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos y el control de convencionalidad exigen que quienes sufrieron el delito tengan un rol activo, incluso si no se constituyeron formalmente como querellantes.
Excluir a la víctima del trámite la reduciría a un “mero espectador”, advirtieron los jueces, privándola de formular planteos y ofrecer pruebas.
¿Qué ordenó el tribunal?
Con esta resolución, el tribunal ordenó que se dé vista a la víctima del dictamen fiscal que solicitaba el sobreseimiento, para que pueda ejercer sus derechos antes de cualquier nueva decisión. Para los jueces, la omisión de este paso no es un detalle menor, sino un vicio que afecta la garantía de tutela judicial efectiva.
En su argumentación final, el tribunal fue tajante: la falta de notificación previa a un acto tan trascendental como el sobreseimiento “vicia al acto de nulidad, al afectar la garantía de la tutela judicial efectiva privando a su parte el derecho a ser oído”.