La justicia blindó a Chiqui Tapia: la medida que silencia a periodistas y legisladores
Una decisión judicial blindó al presidente de la AFA y puso en alerta a los medios. ¿Qué implica esta restricción para el periodismo?
El juez Walter Federico Saettone, titular del Juzgado de Garantías N°7 de Pilar, dictó una medida cautelar que pone límites estrictos a la difusión de información sobre el presidente de la AFA, Claudio Tapia. La resolución ordena a periodistas y legisladores abstenerse de difundir datos personales, imágenes o información vinculada al ámbito privado y familiar del dirigente.
La medida alcanza a los periodistas Leandro Camani, Matías Yofe, Nicolás Pizzi, Federico Teijeiro, Bruno Yacono, Luis Gasulla y Mariano Roa, además del legislador porteño Facundo Del Gaiso.
¿Qué dice exactamente la cautelar?
En el fallo, Saettone resolvió “imponer a los denunciados (…) la prohibición de contacto respecto del Sr. Claudio Fabián Tapia y su grupo familiar, por cualquier medio, ya sea telefónico, digital, redes sociales, mensajería instantánea, correo electrónico o cualquier otra forma de comunicación, directa o indirecta”.
La decisión judicial también establece restricciones de acercamiento a los lugares donde Tapia desarrolla sus actividades habituales.
La reacción de ADEPA: “seria preocupación y rechazo”
Tras conocerse la decisión, la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) expresó su “seria preocupación y rechazo” a la cautelar. La entidad sostuvo que la resolución “no menciona hechos concretos que permitan atribuir a los periodistas denunciados la comisión de un delito” y advirtió que la acusación “se centra en la decisión editorial de informar de modo sostenido sobre el caso ‘AFA’”.
ADEPA remarcó además que, cuando se trata de figuras públicas o personas con responsabilidades institucionales, “la noción de vida privada, familiar o íntima debe ser interpretada con especial cuidado, para no impedir investigaciones o publicaciones referidas a hechos de interés público”.
La asociación también cuestionó especialmente la prohibición de acercamiento dispuesta contra periodistas y respecto de los lugares donde Tapia desarrolla sus actividades habituales. Según señaló, una restricción de ese tipo “puede afectar tareas básicas del periodismo, como procurar información, formular preguntas, cubrir acontecimientos o realizar investigaciones sobre asuntos de interés general”.
En el comunicado, la entidad advirtió además sobre un posible “efecto inhibitorio sobre la libertad de prensa” y consideró que el uso de una denuncia penal para imponer restricciones cautelares a periodistas “sin fundamentos específicos” puede convertirse en un “mecanismo indirecto de entorpecimiento de la labor periodística”, en referencia al artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica y al artículo 14 de la Constitución Nacional.