La Justicia de Bariloche fijó una cuota alimentaria que se adapta a los ingresos variables del padre

¿Cómo se calcula una cuota alimentaria cuando el padre tiene ingresos irregulares? La Justicia de Bariloche encontró una fórmula que combina un porcentaje y un piso mínimo. Conocé los detalles del fallo.

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La Justicia de Bariloche fijó una cuota alimentaria que se adapta a los ingresos variables del padre
La Justicia de Bariloche fijó una cuota alimentaria que se adapta a los ingresos variables del padre

El fuero de Familia de Bariloche resolvió un caso que podría marcar precedente: una cuota alimentaria dinámica para una niña, ajustada a los ingresos irregulares de su padre, quien trabaja en el turismo estudiantil. El aporte será del 30% de sus haberes, con un piso mínimo del 150% del Salario Mínimo Vital y Móvil, que hoy equivale a $564.900.

¿En qué consiste el esquema?

Según la resolución, cuando el padre tenga empleo registrado, deberá destinar el 30% de su salario mensual, descontando los aportes obligatorios de ley. Pero en los meses sin relación laboral formal, el aporte no podrá ser inferior al 150% del salario mínimo, un monto que se actualizará automáticamente cada vez que varíe ese indicador.

La causa comenzó por un reclamo de la madre, y en el expediente se tuvo en cuenta que ambos progenitores tienen trabajos temporarios ligados al turismo estudiantil, con picos de ingresos en ciertas épocas y meses de menor actividad. Por eso, la Unidad Procesal consideró que una suma fija no reflejaría la capacidad económica real del padre.

¿Qué dijo la jueza?

La magistrada remarcó que la falta de empleo registrado no significa que desaparezca la capacidad económica del progenitor. En el expediente se comprobó que, además de su actividad temporaria, el padre realiza otras tareas que le generan ingresos extra.

En el fallo también se analizaron las condiciones de vida de cada hogar. Una pericia socioambiental reveló que la niña vive con su madre, quien afronta los gastos diarios y el cuidado, pero atraviesa una situación económica más limitada: paga alquiler y no tiene red familiar de apoyo. En cambio, el padre reside en una vivienda familiar en un terreno cedido por sus padres, sin gastos de alquiler y con respaldo de su entorno.

La jueza valoró esas diferencias y recordó que la obligación alimentaria surge de la responsabilidad parental, y que las tareas de cuidado también tienen valor económico como aporte alimentario.

Otros puntos de la sentencia

Además del porcentaje y el piso mínimo, el padre deberá cubrir el 50% de los gastos extraordinarios de la niña. También se dispuso que las asignaciones familiares que perciba por su empleo sean recibidas por la madre, ya que la menor convive con ella, y deberá garantizar la obra social cuando corresponda.

La cuota se depositará entre los días 1 y 10 de cada mes en la cuenta judicial del expediente. Durante los períodos con empleo registrado, la retención se hará directamente a través del empleador.

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