La Justicia detectó que una nena era usada en la pelea de sus padres y ahora todos pagan las consecuencias
En la disputa entre sus padres, la nena terminó con un abogado distinto según con quién estuviera. La Cámara anuló el proceso y ahora los adultos deberán pagar multas: el detalle de las sanciones.
Una resolución de la Cámara en lo Civil y de Familia de Tucumán puso el foco en una situación que encendió todas las alarmas: una niña estaba siendo utilizada como moneda de cambio en el conflicto entre sus progenitores. Los jueces no solo anularon parte del proceso, sino que sancionaron económicamente a los adultos involucrados.
El tribunal detectó que la menor había sido representada por distintos abogados a lo largo del expediente y que esas designaciones cambiaban según cuál de sus padres estuviera detrás de cada presentación. Ese detalle fue la clave para destapar lo que ocurría.
“Visto el rumbo que siguió el proceso, luego de que se revocara parcialmente el fallo de la primera instancia, nos cuestionamos si las designaciones de los letrados responden a la finalidad de la figura, al deseo genuino y a las inquietudes de la niña. Sin temor a equivocarnos, la respuesta negativa se impone”, señalaron los jueces Ana Josefina Fromm y Hugo Felipe Rojas.
Qué vio la Justicia
Para entender qué estaba pasando, la Cámara convocó a la niña a una audiencia presencial y escuchó directamente su opinión, tal como establece el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño. Ahí surgió que la menor no comprendía del todo qué implicaba tener un abogado del niño y que su voluntad aparecía condicionada por lo que planteaban los adultos.
El informe de la psicóloga que intervino en el proceso habló de una “dificultad para expresarse con libertad” en relación con sus vivencias familiares y de una “contaminación del mundo adulto y sus problemáticas” que limitaba la expresión de sus deseos.
Los jueces también remarcaron que cada vez que la nena estaba con uno de sus padres aparecía un abogado diferente en el expediente. Para la Cámara, eso demostraba que la voz de la menor había quedado tapada por los intereses de sus progenitores.
“En cada oportunidad que la niña está con uno de los padres, se presenta con un abogado distinto. Su voz permanece silenciada, sólo escuchamos la de sus progenitores”, sostuvo el tribunal.
El fallo de la Cámara
Ante ese panorama, la Cámara resolvió declarar de oficio la nulidad de todo lo actuado desde la presentación del primer escrito vinculado con la designación del abogado del niño. Además, los magistrados consideraron que no correspondía hacer una nueva designación institucional porque la voluntad de la menor estaba condicionada y no se había acreditado una necesidad concreta de asistencia técnica autónoma en esa etapa.
Pero la resolución no se quedó ahí. También fijó sanciones económicas para los adultos. Cada progenitor deberá pagar el equivalente a tres consultas escritas, que irán a la Fundación Ayuda para el Niño con Autismo (ANIA). Cada abogado, en tanto, tendrá que abonar el equivalente a una consulta escrita, con destino al Hospital del Niño Jesús.
Por qué fueron sancionados
La Cámara entendió que los padres y los abogados desvirtuaron por completo la figura del abogado del niño, una herramienta que prevén la Ley 26.061, el Código Civil y Comercial y el Código Procesal de Familia para garantizar que chicos y adolescentes tengan asistencia jurídica en los procesos que los involucran, siempre respetando su voluntad y su autonomía progresiva.
En este caso, los jueces consideraron que los profesionales no estaban defendiendo los intereses de la nena, sino los de los adultos. “Creemos que responden a los intereses de la mamá y del papá. No actúan como Abogados del Niño, sino —parafraseando— como ‘Abogados del Adulto’”, señalaron Fromm y Rojas.
Para los magistrados, la actitud de los progenitores no hizo más que meter a la nena en el centro de la disputa. “El accionar de los progenitores, lejos de agilizar la resolución del conflicto, lo ‘inmortalizan’, a riesgo de transformarlo en perenne. Ninguno de los dos permite que la niña hable, que se exprese con libertad, que elija sin presiones”, advirtió la sentencia.
La autonomía progresiva, en el centro del fallo
El fallo también puso el acento en el principio de autonomía progresiva, que reconoce que los chicos deben poder participar en las decisiones que los afectan de acuerdo con su edad y madurez. Los jueces sostuvieron que los adultos utilizaron a la nena como un instrumento de su propia pelea, en lugar de tratarla como sujeto principal de protección.
“Estos adultos responsables atentan contra la autonomía progresiva de su hija, al posicionarla como un ‘eslabón’ de sus ansias propias y no como el sujeto principal en busca de sus anhelos”, sostuvo el tribunal.
La Justicia concluyó que distorsionar el abogado del niño para resolver conflictos entre adultos vulnera los derechos de la menor y termina silenciando a quien esa institución justamente debía proteger.