La Justicia frenó a Pagani: no podrá ir por otro mandato en la UNT

¿El rector de la UNT podía buscar otro mandato? La Cámara Federal de Tucumán respondió con un fallo que redefine los límites del Estatuto y deja a Pagani fuera de la contienda.

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La Justicia frenó a Pagani: no podrá ir por otro mandato en la UNT
La Justicia frenó a Pagani: no podrá ir por otro mandato en la UNT

La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán dictaminó que el rector Sergio José Pagani no podrá candidatearse para el período 2026-2030. El fallo, que revoca la sentencia de primera instancia, marca un antes y un después en la interna universitaria.

La disputa por la reelección en la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) llegó a su fin. El tribunal, por mayoría, hizo lugar a la acción declarativa presentada por los ex decanos Miguel Ángel Cabrera y Virginia Sara Luz Abdala, y dejó afuera de la carrera electoral a Pagani.

¿Qué resolvió la Cámara?

Los vocales Fernando Luis Poviña, Ricardo Mario Sanjuán, Patricia Marcela Moltini y Marina Cossio votaron a favor de la demanda. Mario Leal fue el único que se opuso. Así, se revocó el fallo del juez Guillermo Díaz Martínez, que había rechazado el pedido de los ex decanos.

El texto del fallo es contundente: "Hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte actora y revocar la sentencia de fecha 27 de mayo de 2026. En consecuencia, hacer lugar a la acción declarativa de certeza". Además, sostiene que "el artículo 17 limita la reelección del Rector y Vicerrector a una sola vez, es decir, dos mandatos consecutivos en total".

El origen del conflicto

Todo comenzó cuando Cabrera y Abdala, representados por el abogado Gonzalo Casas, acudieron a la Justicia Federal para que se aclarara el alcance del Estatuto. Su planteo era que la norma impedía un tercer mandato consecutivo para Pagani, algo que la administración universitaria negaba.

En primera instancia, el juez Díaz Martínez desestimó la demanda, argumentando que la vía correcta era el artículo 32 de la Ley de Educación Superior. Pero la Cámara consideró que la acción declarativa era la herramienta adecuada para zanjar una "incertidumbre institucional" que afectaba el funcionamiento de la casa de estudios.

Los argumentos del fallo

La mayoría del tribunal realizó un análisis histórico, sistemático y teleológico del Estatuto para concluir que solo se permite una reelección. De lo contrario, se vaciaría de contenido la limitación fijada por la Asamblea Universitaria.

Los jueces también subrayaron que la incertidumbre invocada por los actores no era abstracta: "actual, objetiva y susceptible de producir efectos jurídicos relevantes sobre el proceso electoral universitario". En ese sentido, la sentencia establece que Pagani "se encuentra impedido de presentarse para la candidatura a los cargos de Rector o Vicerrector para el período 2026-2030".

La postura de la UNT y las cuestiones accesorias

La Universidad, a través de su apoderado Jorge Chehín, había insistido en que la oficialización de candidaturas es un acto de autonomía universitaria. Sin embargo, la Cámara rechazó ese argumento y también el planteo de hecho nuevo presentado por la institución.

El tribunal declaró abstracto el pedido de extensión de la medida cautelar, ya que la decisión de fondo volvió innecesario pronunciarse al respecto.

Un precedente que trasciende el caso

Este fallo no solo define el futuro de Pagani, sino que sienta un precedente clave para la interpretación del Estatuto de la UNT. La controversia, que incluyó medidas cautelares, impugnaciones, apelaciones y denuncias penales, ahora queda zanjada con pautas claras para los próximos procesos electorales.

La sentencia marca un hito en la vida institucional de la Universidad Nacional de Tucumán, al trazar límites precisos a la reelección de sus autoridades.

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