La Justicia la esperó, se escondió, pero la encontraron: ahora cumple condena por el crimen de Hugo Monje
Se mantuvo escondida varios días, pero la orden ya estaba firmada. La Justicia la encontró y ahora Maira Villagra ya cumple una condena unificada de tres años y cuatro meses de prisión efectiva. ¿Qué delitos la llevaron tras las rejas?
Maira Villagra fue detenida este jueves y trasladada al Correccional de Mujeres, donde ya cumple una condena unificada de tres años y cuatro meses de prisión efectiva por encubrimiento agravado y robo en grado de tentativa.
La detención se concretó en cumplimiento de la orden firmada por el juez de la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Segunda Nominación, Miguel Lozano Gilyam. Villagra se encontraba prófuga desde hacía varios días, con paradero desconocido.
La orden de captura e inmediato traslado a la Unidad Penitenciaria Nº 2, el "Correccional de Mujeres", se había dictado el martes de la semana pasada. La condena quedó firme porque la defensa no presentó recurso de casación. Hasta ese momento, la mujer podía mantener su estado de libertad.
La pena unificada de tres años y cuatro meses de prisión efectiva surge de sumar dos condenas. En agosto último, Lozano Gilyam le había fijado seis meses de prisión por un hecho de "robo en grado de tentativa". Esa pena se agregó a los dos años y diez meses de prisión en suspenso que ya pesaban sobre ella por el encubrimiento agravado del homicidio de Hugo Monje.
El robo que le sumó pena
La causa por el delito contra la propiedad formaba parte del mismo expediente del caso Monje, ocurrido en octubre de 2023, pero fue desdoblada para no confundir al jurado popular que juzgó a Emanuel Vera por el homicidio.
El hecho ocurrió en la madrugada del 8 de mayo de 2024. Según la investigación, Villagra ingresó a una vivienda de la zona sur de la Capital e intentó llevarse por la fuerza un teléfono celular. Mordió al dueño de casa, pero no logró su cometido.
Durante la audiencia de debate, la acusada no confesó y se mantuvo en silencio. El fiscal de Cámara Augusto Barros mantuvo la acusación y pidió un año de prisión. La defensora Penal Oficial de Segunda Nominación, Florencia González Pinto, solicitó la absolución y, de manera subsidiaria, el mínimo de la escala penal. Lozano Gilyam la declaró culpable, fijó seis meses de prisión y unificó ambas condenas en tres años y cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo.
El homicidio de Hugo Monje
El homicidio de Hugo Monje ocurrió el 30 de octubre de 2023 en el barrio Alcira Sur. Monje, un hombre con movilidad reducida, fue atacado en su vivienda. Según la acusación fiscal, Emanuel Vera entró a robar aprovechando el deterioro de la puerta principal y, al ser sorprendido por la víctima, la golpeó con un trozo de madera hasta causarle lesiones fatales. Un jurado popular lo declaró culpable de "homicidio en ocasión de robo" y Lozano Gilyam lo condenó a 17 años de prisión.
Villagra fue juzgada en juicio abreviado por encubrimiento agravado por su vinculación con ese hecho. En los fundamentos de esa condena, el juez valoró como agravante la finalidad del delito: procurarse dinero fácil para adquirir drogas. También decidió no ponderar como agravantes las condiciones de vida de la acusada que surgían del informe socio-ambiental. Las consideró atenuantes, porque a su criterio reflejaban una situación de "vulnerabilidad interseccional", con pobreza extrema y consumo problemático, que condicionó su autonomía. Pesó además que no tenía antecedentes computables y que reconoció su participación, entre pedidos de perdón, durante la audiencia.
En este sentido, el magistrado remarcó que el informe socio-ambiental sostuvo que Villagra se fue de su casa a los 18 años y que mantuvo una relación con una persona que actualmente se encontraba detenida en el servicio penitenciario. De acuerdo con este informe, la imputada ejercía trabajo sexual y "las relaciones que había mantenido y otras circunstancias reflejaban un apego a construir vínculos dentro de un ambiente peligroso". También se remarcó que Villagra reflejaba un desapego por el vínculo familiar. Toda esta situación estaba vinculada con el consumo de estupefacientes que la imputada atravesaba en ese momento.
Según la declaración de varios testigos, Villagra había tenido varias detenciones transitorias por delitos contra la propiedad. A la vez, se recordó que cuando era niña había estado alojada en el Instituto "Sipahuasi", debido a que se escapaba de su casa y cometía conductas comprometidas con la Ley Penal.
El juez Lozano Gilyam tuvo en cuenta su escasa formación –sólo cursó estudios primarios– y un informe socio-ambiental. "Las circunstancias puestas de manifiesto en este informe, lejos de constituir agravantes, las considero que atenúan la pena, ya que la imputada si bien es cierto que se relacionó en un ambiente hostil, que consumía estupefacientes, que se fue de su casa a temprana edad, y que era trabajadora sexual, fueron circunstancias que no eligió libremente, ya que estas denotan la gran vulnerabilidad de esta mujer, quien como bien dijo su defensora, 'sobrevive' de manera marginal en esta sociedad", explicó.
"Así lo considero teniendo en cuenta su situación de vulnerabilidad interseccional –pobreza extrema, consumo de estupefacientes y prostitución, que colocan a Maira Janet Villagra en un contexto de fragilidad sistémica y que vedan la posibilidad de sancionar el hecho de manera aislada, abstrayéndome de ese contexto donde emergen las distintas capas de opresión que eventualmente podrían anular la autonomía de la mujer", completó el magistrado.