La Justicia le bajó a la mitad la indemnización a los padres de Valentina

La Justicia mendocina revisó el fallo por la muerte de Valentina y recortó a la mitad lo que OSPELSYM debía pagarle a sus padres. Los jueces argumentaron la gravedad de la cardiopatía que padecía la beba, pero la familia había reclamado por la demora en la derivación.

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La Justicia le bajó a la mitad la indemnización a los padres de Valentina
La Justicia le bajó a la mitad la indemnización a los padres de Valentina

La Cuarta Cámara de Apelaciones en lo Civil de Mendoza revisó el fallo de primera instancia y redujo a la mitad los montos que la obra social OSPELSYM debía pagar a los padres de Valentina, la beba que murió a los cinco días de vida en marzo de 2019.

El tribunal admitió de forma parcial la apelación que presentó la entidad y modificó las cifras fijadas en el juicio civil. La decisión, además, recortó la multa por daños punitivos que pesaba sobre la obra social.

De más de 50 millones a menos de 24

El fallo original había ordenado abonar $50.458.677 a la madre y $50.281.077 al padre, en ambos casos con intereses. La Cámara reescribió esos números: ahora la madre debe recibir $23.447.688,50 y el padre $23.270.088,50, también con intereses.

La reducción alcanzó a los rubros indemnizatorios ligados a la pérdida de chance de sobrevida de la niña, que los jueces resolvieron bajar un 50%. En paralelo, la multa por daños punitivos pasó de unos $19,8 millones a $12 millones.

El argumento de los jueces

Los magistrados sostuvieron su decisión en "la grave cardiopatía congénita que padecía la niña", una patología con alta mortalidad incluso cuando se atiende en centros especializados.

El caso se remonta a un embarazo de alto riesgo: la madre cursó la gestación con diagnóstico de placenta previa y sospecha de placenta percreta, mientras su hija presentaba la cardiopatía congénita. Frente a ese cuadro, los padres cuestionaron la demora en la derivación a un centro de mayor complejidad y le atribuyeron a la obra social la responsabilidad por el desenlace.

OSPELSYM, en cambio, defendió su actuación: aseguró que había gestionado alternativas de atención en Buenos Aires y que fueron los propios padres quienes pidieron que las intervenciones se hicieran en Mendoza. La entidad también puso en duda los montos indemnizatorios y la aplicación de daños punitivos.

Lo que la Cámara rechazó

El tribunal no hizo lugar al planteo de los padres, que además de la indemnización reclamaban que se reconociera la responsabilidad de la obra social por las secuelas físicas que sufrió la madre durante el embarazo y el parto.

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