La Justicia le cerró la puerta a Freixes: seguirá preso pese al pedido de su defensa

Su defensa pidió que cumpliera la condena en su casa para cuidar a su esposa enferma, pero la Justicia no le creyó el argumento: encontró que otra persona ya se ocupa de esa asistencia. Qué resolvió la Cámara.

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La Justicia le cerró la puerta a Freixes: seguirá preso pese al pedido de su defensa
La Justicia le cerró la puerta a Freixes: seguirá preso pese al pedido de su defensa

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó, por mayoría, el recurso que buscaba que el exministro de la Legalidad Sergio Gustavo Freixes cumpliera en su domicilio la condena de seis años que pesa sobre él. La resolución, firmada el 15 de septiembre, confirmó el rechazo que ya había dispuesto el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Luis.

Freixes fue condenado en la causa conocida como la “renuncia anticipada de jueces”, vinculada al mecanismo de renuncias anticipadas de magistrados durante la gestión del exgobernador Alberto Rodríguez Saá. En marzo de este año, su defensa había pedido la prisión domiciliaria por razones humanitarias: alegó que el exfuncionario es quien asiste a su esposa, Viviana Beatriz Moreyra, afectada por distintos problemas de salud.

Los argumentos que no convencieron a la mayoría

La defensa sostuvo que trasladar las tareas de cuidado de Moreyra a los hijos de la pareja les impondría responsabilidades que no estarían en condiciones de asumir. También cuestionó que se considerara a Diamela Freixes, hija del exministro e intendenta de Nueva Galia, como una persona capaz de hacerse cargo de esa asistencia, por las obligaciones propias de su función pública.

El planteo llegó a la Cámara después de que el Tribunal Oral Federal de San Luis rechazara el pedido al entender que no estaban acreditadas las circunstancias excepcionales que exige la prisión domiciliaria.

El juez Gustavo Hornos encabezó el voto mayoritario. Señaló que la prisión domiciliaria no se concede de manera automática y que cada situación debe analizarse según sus circunstancias particulares. Para el magistrado, la defensa no logró cuestionar de manera suficiente los fundamentos del tribunal de primera instancia.

La resolución remarcó que Moreyra tiene dos hijos que viven en Nueva Galia y que su hija Diamela asume de manera predominante las tareas de asistencia cotidiana: preparación de alimentos, higiene, acompañamiento, compra de medicamentos y gestión de controles médicos. El fallo también indicó que su hijo Francis Emanuel colabora ocasionalmente y que la mujer cuenta con cobertura médica de DOSEP, ingresos propios y una red de apoyo familiar.

Con esos elementos, la mayoría concluyó que no se demostró que Sergio Freixes fuera la única persona capaz de brindarle la asistencia necesaria.

El voto en disidencia

El juez Mariano Hernán Borinsky votó en sentido contrario. Consideró que el tribunal que rechazó la prisión domiciliaria hizo una valoración parcial de la situación de salud de Moreyra.

En su voto mencionó informes médicos que describen un cuadro de artritis reumatoidea severa, epilepsia, limitaciones funcionales y otras patologías que requerirían asistencia de terceros para distintas actividades cotidianas. También hizo referencia a un informe que determinó un grado de incapacidad igual o superior al 76% y una situación de dependencia funcional severa.

Borinsky puso de relieve además que Moreyra reside en una zona rural de Nueva Galia y que la vivienda familiar había sufrido un incendio. Según lo planteado por la defensa, el inmueble no habría sido reparado por completo y actualmente contaría solo con una habitación y un baño. Por esos motivos, propuso hacer lugar al recurso, anular la resolución anterior y ordenar que se dicte un nuevo pronunciamiento.

Qué resolvió la Cámara

Los jueces Javier Carbajo y Gustavo Hornos votaron por rechazar el recurso, mientras que Borinsky lo hizo en disidencia. De esta manera, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó el rechazo al pedido de prisión domiciliaria y Sergio Freixes continuará cumpliendo la condena de seis años bajo la modalidad actualmente establecida.

La decisión representa una nueva instancia dentro de la causa vinculada con las renuncias anticipadas de magistrados ocurridas durante la anterior administración provincial.

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