La Justicia le cerró la puerta a un imputado de la causa Exen Gym: qué encontraron que lo complica aún más
¿Qué prueba clave todavía no se analizó y por qué la Justicia cree que podría complicar a más personas? El tribunal fue contundente con uno de los imputados de la causa Exen Gym.
La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia rechazó este martes la excarcelación de Nicolás Clinis Canal, uno de los imputados en la causa que investiga a la estructura vinculada con los gimnasios Exen Gym por presunto lavado de activos. El tribunal confirmó así la decisión de la jueza de primera instancia, Zunilda Niremperger, y dispuso que el acusado continúe detenido.
La resolución fue adoptada por mayoría por las juezas Patricia Beatriz García y María Virginia Ise, en una audiencia remota realizada bajo las reglas del artículo 454 del Código Procesal Penal de la Nación. La defensa de Clinis Canal había pedido que se revoque el fallo de Niremperger y, de manera subsidiaria, que se le conceda el arresto domiciliario. El Ministerio Público Fiscal, representado por Adrián Nicolás Araujo, solicitó que se confirme la medida.
Qué pesó para mantenerlo detenido
Según el tribunal, aunque el peligro de fuga puede neutralizarse con otras medidas, persiste un riesgo concreto de entorpecimiento de la investigación. Las juezas consideraron que el proceso está en una etapa prematura y que aún queda prueba pendiente de producir y analizar, parte de ella en el exterior del país.
El foco estuvo puesto en la prueba informática que todavía debe procesarse. De ese material podrían surgir datos sobre terceras personas potencialmente vinculadas con la causa, incluso algunas cuya participación aún no habría sido identificada.
"Se consideró que el arresto domiciliario no puede asegurar que el imputado no se comunique con determinadas personas aun ignoradas, siendo que existe prueba pendiente de producirse, como ser los elementos informáticos, de lo cual podrían surgir derivaciones aun no identificadas", sostuvieron las juezas.
Y agregaron: "Por último, se consideró que estando pendiente de producción prueba informática, de la cual podría surgir algún dato de terceras personas potencialmente vinculadas a la presente investigación, el peligro de entorpecimiento se encuentra latente hasta el momento, por lo que corresponde confirmar la denegatoria de la excarcelación oportunamente solicitada".
El arraigo y las alternativas que no alcanzaron
Uno de los puntos que analizó la Cámara fue la situación de Clinis Canal, quien tiene residencia en Paraguay. Sin embargo, ofreció un domicilio que permitió considerar subsanada esa circunstancia en relación con el arraigo. El tribunal también sostuvo que afirmar la existencia de peligro de fuga implicaría asumir que los mecanismos del Estado para neutralizarlo no funcionan.En ese sentido, se mencionó la posibilidad de aplicar medidas menos gravosas, como una tobillera electrónica o restricciones de contacto, previstas en el artículo 210 del Código Procesal Penal Federal. Pero esa alternativa no fue suficiente para disponer la libertad.
Otro elemento que se destacó en la audiencia fue la existencia de una estructura compuesta por una red de empresas vinculadas. Para el tribunal, hacer cesar la medida cautelar en este momento no resultaría prudente debido a la posibilidad de que se produzca un entorpecimiento de la investigación.
La decisión se conoce pocos días después de que la jueza federal de Resistencia dictara el procesamiento con prisión preventiva de cinco imputados en la causa y ordenara embargos por más de $26 mil millones, en el marco de una investigación por presunto lavado de activos.