La Justicia neoyorquina le dio un giro al impuesto a las segundas viviendas de lujo: quiénes quedan alcanzados
La sentencia de septiembre parecía haberle puesto un freno al recargo sobre las segundas viviendas de lujo neoyorquinas. La apelación lo dio vuelta, pero el tributo todavía no está fuera de peligro.
Un tribunal de apelaciones de Nueva York revocó el fallo que frenaba la implementación del recargo municipal sobre determinadas segundas viviendas de alto valor. La medida representa un respiro para la administración del alcalde Zohran Mamdani en uno de los frentes judiciales abiertos contra el tributo, aunque no cierra el resto de las causas pendientes.
Qué resolvió la corte de apelaciones
La División de Apelaciones, Segundo Departamento Judicial, revisó la sentencia que se había dictado el 29 de septiembre de 2026 en el condado de Richmond. En el expediente caratulado O’Brien contra la ciudad de Nueva York, el tribunal revocó la resolución, rechazó la petición modificada y desestimó el procedimiento, según consta en el texto de la orden judicial.
El litigio giraba en torno a la publicación de registros de valores de inmuebles y al envío de avisos iniciales por parte del Departamento de Finanzas a propietarios que podían quedar alcanzados por el recargo. De acuerdo con la sentencia de apelación, en julio se notificó inicialmente a unos 17.000 propietarios.
La controversia se centraba en el procedimiento utilizado para identificar las viviendas que no eran residencia principal. El Departamento de Finanzas ofrece a las personas notificadas la posibilidad de presentar pruebas sobre el uso de su inmueble antes de que se dicte una determinación final, tal como describe el fallo.
A qué propiedades puede alcanzar el impuesto “pied-à-terre”
El recargo se aplica a ciertos inmuebles de alto valor que no funcionan como residencia principal. Para los años fiscales 2026-27 y 2027-28, la página oficial de la ciudad distingue entre viviendas de una a tres familias y unidades de condominios o cooperativas, y fija umbrales y tasas diferentes para cada categoría.
Según informa la ciudad, el impuesto puede alcanzar a viviendas de una a tres familias con valor de mercado de al menos US$5 millones y a ciertas unidades de condominios y cooperativas a partir de US$1 millón. No todas las propiedades notificadas terminan alcanzadas: la situación depende, entre otros factores, de su valoración y de la determinación sobre residencia principal.
Qué falta definir
La Nación ya había informado el revés judicial de septiembre contra la administración municipal. La novedad es la revocación de esa sentencia por parte de la corte de apelaciones. La medida sigue enfrentando otras impugnaciones, según consignó amNewYork. Por eso, el resultado de esta causa no equivale a una resolución definitiva de todos los planteos.
Una notificación inicial no implica por sí misma una determinación final de que deba pagarse el tributo.