La Ley Penal Juvenil sigue en pie: la Justicia de Lomas dio vuelta el fallo de la jueza Pascual
Un <em>habeas corpus</em> había frenado por 60 días la baja de la edad de imputabilidad en Buenos Aires. La Cámara de Lomas de Zamora dio vuelta el fallo de la jueza Marta Pascual y ahora la ley vuelve a regir: qué argumentaron los camaristas.
La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocó el habeas corpus que había suspendido la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. La medida había sido ordenada por la jueza de menores Marta Elba Pascual y frenaba la ley por 60 días.
El fallo de Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Juvenil N.° 2 de ese departamento judicial, sostenía que no estaban dadas las condiciones para implementar la baja de la edad de imputabilidad de los 16 a los 14 años en territorio bonaerense. La resolución había sido apelada por el fiscal Hernán Ceruti, a cargo de la Fiscalía de Ejecución Penal Juvenil de Lomas de Zamora.
El origen del caso
Todo había arrancado con un habeas corpus preventivo colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo, una organización que salió en defensa de los adolescentes que quedarían expuestos al sistema de encierro.
En su escrito, la jueza planteó que avanzar con la normativa sin la infraestructura adecuada vulnera derechos fundamentales. Para fundamentar la suspensión temporal se respaldó en el “principio precautorio” que rige en materia de derechos de niños, niñas y adolescentes. Bajo esa perspectiva advirtió que “no es necesario esperar a que el perjuicio consumado ocurra para intervenir”, y que correspondía dictar medidas de resguardo preventivas frente al riesgo inminente de colapso en los centros de alojamiento.
Durante el proceso, el fallo se basó en informes de autoridades del propio Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia. En distintas audiencias, los funcionarios expusieron un panorama crítico sobre la situación edilicia y de recursos humanos en los dispositivos vigentes, un diagnóstico que terminó inclinando la balanza hacia la paralización temporal de la ley.
Qué dijeron los camaristas
Los jueces de la Sala I, Miguel Navascues y Miguel María Alberdi, fueron categóricos al revocar la medida: “Suspender la aplicación de toda una ley mediante una medida cautelar resulta a todas luces inadmisible”, sostuvieron en el fallo.
Con esta decisión, el nuevo Régimen Penal Juvenil queda vigente en la provincia de Buenos Aires, aunque el debate por la infraestructura y las condiciones del sistema de encierro sigue abierto.