La ley que destrabó 10.000 campos pampeanos y el detalle que exige la norma
Hay 10.000 campos en La Pampa atrapados en condominios que no se pueden dividir. Una ley acaba de aprobar una salida, pero exige una condición que muchos propietarios no van a poder cumplir.
La Cámara de Diputados de La Pampa aprobó por mayoría una ley que abre una excepción temporal al régimen de fraccionamiento de inmuebles rurales de la Ley N° 468. La norma, impulsada por el diputado radical Hipólito "Poli" Altolaguirre junto a legisladores de distintos bloques, apunta a destrabar miles de situaciones de condominio que hoy quedan sin salida legal.
El dato que dimensiona el problema lo dio el propio legislador: de las 22 partidas rurales aproximadas que hay en la provincia, unas 10.000 son condominios. Es decir, campos con varios dueños que no pueden dividirse físicamente por la superficie mínima que exige la legislación vigente.
Altolaguirre lo graficó con un caso concreto: un campo de 600 hectáreas que pertenece a una persona y que, tras su fallecimiento, pasa a sus cuatro hijos. Si cada uno recibe 150 hectáreas, pero la superficie mínima impide dividir el inmueble, los herederos quedan como condóminos. "Si uno lo quiere hipotecar necesita la conformidad del resto, que si uno lo quiere poner en garantía para comprar equipamiento, lo mismo. Muchas veces la mayoría lo quiere vender, otro no y por ahí se termina forzando al que no lo quería vender", detalló.
Qué cambia con la nueva ley
La norma sancionada establece un régimen excepcional y transitorio por cinco años para inmuebles rurales en condominio o vinculados con procesos sucesorios. Para acceder al fraccionamiento hay que cumplir condiciones: el acuerdo de todos los copropietarios y la presentación del plano de mensura.
Los lotes resultantes tampoco pueden ser de cualquier tamaño: los fraccionamientos no podrán ser inferiores al 10% de lo que hoy establece la autoridad de aplicación. Además, las parcelas deberán tener salida a una ruta nacional, provincial o camino de la red terciaria. Cuando eso no sea posible, se deberá constituir una servidumbre de paso. "De esta manera lo que logramos es que no se le sume un costo mayor al Estado", explicó el diputado sobre el mantenimiento de los caminos.
Altolaguirre remarcó que la división no es automática ni voluntaria: "No es que uno voluntariamente pueda decir 'lo divido, me quedo con esto'".
De cuatro proyectos a una sola ley
El texto aprobado surgió de la unificación de cuatro proyectos de distintos espacios políticos. "Este es un proyecto que salió con el trabajo y consenso de distintos proyectos del Frejupa, del PRO y del radicalismo, que los unificamos y logramos que saliera con algunas modificaciones, todos cediendo un poco", señaló Altolaguirre, que definió el resultado como "una señal de la buena política".
Durante el tratamiento, la diputada Ana Carolina Giussi sostuvo que la superficie ya no puede ser el único elemento para determinar la capacidad productiva de una parcela, un argumento que acompañó la necesidad de actualizar una ley de hace más de 40 años. "La tecnología ha avanzado mucho, ha avanzado mucho la manera de producir y lo que la Ley 468 había quedado muy atrasada. Con esto buscamos la actualización", había fundamentado Altolaguirre.
El legislador evitó vender la norma como una solución definitiva: "No significa que sea una solución al 100% de los problemas, no significa que deje contentos a todos los pampeanos, pero sí da una herramienta más para que cientos o miles de pampeanos puedan solucionar los problemas de los condominios".
La ley también crea un observatorio para analizar los inconvenientes que surjan durante su aplicación y aportar elementos para una futura revisión integral de la Ley 468. Altolaguirre recordó que la iniciativa la presentó en 2024 y que el proyecto salió de "un montón de charlas que hemos tenido en muchas localidades de nuestra provincia y de la necesidad de esos productores en poder solucionarlo".