La maniobra prohibida que terminó con un conductor tras las rejas
¿Sabías que una maniobra ilegal puede cambiar tu vida para siempre? Conocé los detalles de la condena que recibió un conductor tras un grave accidente.
Un hombre de 46 años fue condenado a prisión efectiva tras protagonizar un grave siniestro vial en la ruta provincial 101, donde cinco personas resultaron heridas. La sentencia, dictada en el marco de un juicio abreviado, incluyó la unificación de una pena anterior.
El juez de control Heber Pregno condenó a Juan Pablo Redondo a dos años de prisión por lesiones graves culposas agravadas y lesiones leves culposas, además de inhabilitarlo para conducir por cuatro años. Pero no fue todo: también le revocó la condicionalidad de una condena previa, quedando una pena única de dos años y seis meses de cárcel efectiva.
¿Qué pasó esa noche?
Todo ocurrió el 19 de septiembre de 2025, cuando Redondo manejaba una camioneta Volkswagen Amarok a alta velocidad por la ruta 101, desde General Pico hacia Speluzzi. En una curva, intentó adelantar a un Renault Logan, donde viajaban una mujer y su hija de 14 años, y a una moto Honda Wave con una pareja a bordo. Para lograrlo, invadió el carril contrario en una zona de doble línea amarilla, chocando de frente contra un Chevrolet Aveo que venía en sentido contrario con una pareja y su nieto de 6 años.
El impacto hizo que el Aveo perdiera el control y se estrellara contra el Logan. La conductora del Logan sufrió heridas de gravedad, mientras que su hija y los ocupantes del Aveo resultaron con lesiones menores.
El acuerdo que selló su destino
La causa se resolvió mediante un juicio abreviado acordado entre el fiscal Guillermo Komarofky, el defensor particular Fernando Bardín y el propio imputado. Las víctimas fueron informadas y dieron su consentimiento al acuerdo.
El juez consideró que las pruebas, incluyendo el informe pericial accidentológico de la Agencia de Investigación Científica y los testimonios, demostraron la conducta imprudente de Redondo. "Ha quedado demostrada la conducta imprudente, negligente y antirreglamentaria del imputado y el resultado de la misma", sostuvo Pregno.
Además, destacó que "como lo marca la ley procesal el acuerdo de las partes es un límite infranqueable para el juzgador en la imposición de penas", y por eso se respetó lo pactado. Dado que Redondo ya tenía antecedentes, se unificaron las penas, dejando una condena total de dos años y seis meses de prisión efectiva.