La muerte de un operario de 60 años que cayó a un piletón: los dueños del frigorífico irán a juicio
Cayó a un pozo de desagüe mientras limpiaba y no tenía arnés ni barandas. Ahora los dueños del frigorífico tendrán que explicar por qué ignoraron las advertencias técnicas.
La Justicia confirmó que los propietarios del frigorífico Viñuela y Compañía deberán sentarse en el banquillo de los acusados por la muerte de Héctor Américo Alarcón Ríos, un trabajador de 60 años que falleció en septiembre de 2019 tras caer a un pozo de desagüe residual en la planta de Grünbein. La Cámara Penal rechazó los pedidos de sobreseimiento y ordenó que Alfredo Viñuela y Antonio Daniel Viñuela enfrenten un juicio oral por homicidio culposo.
¿Qué pasó aquel 2 de septiembre de 2019?
Poco antes de las 9.40 de la mañana, Alarcón Ríos, que llevaba casi 30 años en la empresa, realizaba tareas de limpieza en los depósitos de almacenaje de efluentes industriales. En un momento, perdió el equilibrio y cayó a uno de los piletones de desagüe residual, de más de dos metros de profundidad. A pesar de la rápida intervención de los servicios de emergencia y su traslado a un hospital, el operario falleció.
Falta de medidas de seguridad
Las pericias determinaron que la víctima no contaba con las medidas de seguridad necesarias para realizar ese tipo de tareas. No tenía cinturón de seguridad, cuerda salvavidas ni arnés, y el sector carecía de puntos de anclaje y barandas de contención. El fiscal Cristian Aguilar concluyó que la firma incumplió las normas de seguridad e higiene y acusó a los empresarios por violar los deberes de cuidado que tenían a su cargo.
Los intentos de las defensas para evitar el juicio
Durante el proceso, los abogados defensores intentaron que la causa no llegara a juicio. El defensor oficial Martín de Prada sostuvo que Ángel Viñuela no tenía injerencia en la administración del frigorífico y se dedicaba exclusivamente a la compra y venta de hacienda. Por su parte, el abogado Hernán Silva afirmó que el trabajador sí disponía de elementos de seguridad, aunque desconocían por qué no los utilizó, y señaló que las tareas preventivas habían sido delegadas en un técnico especializado. Sin embargo, la Cámara Penal ratificó lo resuelto en primera instancia y consideró que existen pruebas suficientes para avanzar hacia el debate oral.
Testimonios clave y advertencias ignoradas
En la investigación también tuvieron peso los testimonios de al menos ocho compañeros de trabajo de la víctima, quienes aseguraron que luego del accidente se realizaron mejoras en el sector, como la colocación de barandas, vallados, luminarias y carteles de advertencia. Uno de los testigos indicó que Alarcón Ríos realizaba esas tareas sin arnés ni casco y que al momento del hecho observó desprendimientos de material en los bordes del piletón. Otro declaró que el operario había sufrido episodios previos de vértigo y descompensaciones.
Además, la Justicia destacó que el ingeniero en Seguridad e Higiene Sergio Canullo había recomendado previamente a los propietarios implementar medidas de seguridad específicas, entre ellas la instalación de barandas y la presencia permanente de supervisores, sugerencias que no fueron cumplidas. Los jueces Gustavo Barbieri y Christian Yesari remarcaron que las condiciones del lugar eran riesgosas y que las advertencias técnicas habían sido ignoradas por los responsables de la empresa.
El delito de homicidio culposo, contemplado en el artículo 84 del Código Penal, prevé penas de entre seis meses y cinco años de prisión e inhabilitación especial para quien cause la muerte de otra persona por imprudencia, negligencia o incumplimiento de los deberes a su cargo.