La nueva Ley Penal Juvenil enciende alarmas en Jujuy: ¿dónde alojarán a los menores?
La nueva Ley Penal Juvenil ya rige en todo el país, pero en Jujuy la defensora María Julia Garay lanzó una advertencia que preocupa: no hay lugares para alojar a los menores detenidos. ¿Dónde van a terminar los chicos de 14 años que queden presos?
La Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil entra en vigencia este sábado 5 de septiembre, y en Jujuy ya hay voces que advierten sobre un problema de fondo: la provincia no tendría lugares adecuados para alojar a los adolescentes que queden detenidos. Quien lo dijo sin vueltas fue la defensora oficial María Julia Garay.
La funcionaria señaló que, hasta ahora, el sistema sigue funcionando como antes, pero que se espera un aumento en la cantidad de chicos alcanzados por causas penales. "Suponemos que obviamente va a aumentar la cantidad de niños implicados en transgresiones penales, pero no hemos tenido noticias de reestructuración de parte del Estado ni del Poder Judicial", remarcó.
Un punto crítico: la falta de espacios
Uno de los aspectos más sensibles de la nueva ley es qué pasará cuando un adolescente de 14 o 15 años deba ser privado de la libertad. La norma exige que los jóvenes no compartan espacios con adultos y que sean derivados a lugares especialmente acondicionados, con personal capacitado.
Hoy, según Garay, Jujuy no cuenta con sitios suficientes para esa situación. Los chicos detenidos son enviados al CAD (Centro de Admisión y Distribución), un espacio que —explicó— debería ser solo de tránsito breve. "Es un lugar donde los niños tendrían que estar 24 horas y ya. Como no hay un lugar para la internación socioeducativa, permanecen allí", señaló.
Además, mencionó que en San Pedro existe un espacio con capacidad para apenas cuatro plazas, algo que consideró insuficiente para cubrir las necesidades del nuevo régimen.
Privación de libertad: "Nosotros entendemos que es prisión"
Garay también marcó una diferencia importante en el lenguaje. Aunque en el sistema juvenil se hable de "internación" o "medidas socioeducativas", la defensora fue directa al definir lo que implica encerrar a un adolescente.
La Ley 27.801 contempla penas privativas de libertad en domicilio, en instituto abierto o en instituto especializado de detención. También establece que la decisión debe ser fundada por un juez y que el lugar de cumplimiento debe ajustarse a los parámetros del régimen penal juvenil. La norma, además, prohíbe la prisión perpetua y fija un máximo de 15 años para las penas aplicadas a menores.
Qué cambia con el nuevo régimen
La nueva ley incorpora una serie de medidas y sanciones que podrán aplicarse según el caso: amonestación, prohibición de contacto con la víctima, prohibición de concurrir a ciertos lugares, prestación de servicios a la comunidad, monitoreo electrónico, reparación integral del daño y privación de libertad. También prevé medidas complementarias como orientación de equipos interdisciplinarios, asistencia a programas educativos, capacitación laboral, actividades deportivas o culturales, atención de salud y tratamiento psicológico cuando corresponda.
El cambio más fuerte es que adolescentes desde los 14 años podrán quedar alcanzados por procesos penales por hechos tipificados como delitos. La ley indica que la finalidad del régimen es fomentar la responsabilidad legal, la educación, la resocialización y la integración social.
Amenazas, lesiones leves y conflictos escolares
Garay planteó otro punto clave: con el nuevo régimen, hechos que antes no tenían el mismo tratamiento penal para adolescentes ahora podrían ingresar al sistema. "Con la anterior ley había delitos que no estaban sancionados penalmente, como por ejemplo las amenazas, las lesiones leves, los daños", explicó.
Según la defensora, esto puede alcanzar situaciones cotidianas entre adolescentes que terminen en denuncias penales. Puso ejemplos concretos: una pelea fuera del colegio que provoque una lesión, la rotura de un portón o situaciones vinculadas a amenazas.
Esto abre una discusión delicada: cómo evitar que conflictos propios de la convivencia escolar, barrial o adolescente terminen directamente en una respuesta penal, sobre todo cuando se trata de chicos de 14 a 16 años.
Bullying y delitos informáticos
Durante la entrevista también se abordó el tema del bullying. Garay indicó que algunas situaciones, especialmente las que incluyen componentes digitales, podrían quedar comprendidas dentro de figuras penales. Hostigamiento, amenazas, difusión de contenidos o agresiones a través de medios digitales podrían ser analizados dentro del nuevo régimen, dependiendo de la conducta denunciada y su encuadre legal.
La defensora pidió mirar este punto con cuidado. Para ella, penalizar tempranamente a chicos que están en plena etapa de formación puede tener efectos graves si no existen dispositivos previos de prevención, escucha, acompañamiento y reparación.
Justicia restaurativa: qué significa y cómo se aplicaría
Garay aclaró que la justicia restaurativa no es una novedad absoluta ni un "beneficio" para los adolescentes. En Jujuy ya estaba prevista en la ley procesal provincial. "Esto no es ningún beneficio. Todos estos mecanismos ya estaban anteriormente, sobre todo la justicia restaurativa estaba prevista en lo que es la ley procesal de la provincia de Jujuy", afirmó.
La defensora explicó que la justicia restaurativa cambia el lugar de la víctima dentro del proceso: no la reduce a un testigo, sino que la coloca como protagonista de una instancia que busca escuchar, reparar y reconstruir el vínculo social dañado. En casos menos graves, esto podría derivar en acuerdos de reparación. Por ejemplo, si un adolescente rompe un portón, una salida restaurativa podría incluir la reparación material del daño o un pedido de disculpas. Pero para que funcione, debe haber equipos, seguimiento, profesionales capacitados y voluntad real de las partes.
La advertencia: estigmatizar a los chicos
Uno de los tramos más fuertes de la entrevista fue la mirada crítica de Garay sobre la baja de la edad de imputabilidad. Consideró que la medida puede etiquetar a los niños y adolescentes en un rol delictivo que no necesariamente define sus vidas. También remarcó que, según su experiencia, en Jujuy no se observa una criminalidad juvenil grave en términos generales. "Los niños y adolescentes de nuestra provincia no entran en situaciones delictivas de gravedad", sostuvo.
Para Garay, el riesgo es que chicos de 14 a 16 años queden marcados por el sistema penal en una etapa clave de construcción de identidad.
La escuela como límite que no debería romperse
Otro punto central de la ley es que las medidas no deberían interrumpir la escolaridad. El texto oficial establece que las sanciones disciplinarias aplicadas al adolescente no pueden implicar una interrupción de los estudios obligatorios.
Ese aspecto es clave para Jujuy. Garay planteó que cualquier implementación debe evitar que el proceso penal expulse a los chicos de la escuela o profundice trayectorias de exclusión. El desafío será concreto: si aumentan las causas contra adolescentes, el sistema deberá responder sin romper vínculos educativos, familiares y comunitarios. De lo contrario, una ley presentada como régimen de responsabilidad puede terminar funcionando como una puerta de entrada temprana al sistema penal.