La querella apuntó contra Galán: "Nunca salió a aclarar que es inocente"
La abogada de las denunciantes denunció la estrategia del diputado: dice que confunde a la sociedad con sus videos, pero en la Justicia no presentó pruebas de descargo.
La Cámara Penal de Apelaciones y Exhortos rechazó los recursos de la defensa del diputado provincial Javier Galán y declaró la inconstitucionalidad del artículo 20 del Código Procesal Penal para este caso, lo que permite que avancen los pedidos de desafuero en las causas por presunto abuso sexual.
La abogada querellante, Silvia Barrientos, confirmó en declaraciones a Radio La Isla FM (107.9) y a este medio los alcances de la resolución, adoptada tras las audiencias de la semana pasada con las denunciantes.
Qué buscaba la defensa
Los abogados de Galán pretendían que se diera por concluida la investigación, argumentando el vencimiento del plazo máximo de dos meses. Sin embargo, el tribunal de alzada declaró inconstitucional ese límite procesal, al considerar que colisiona con tratados internacionales de derechos humanos y de protección a las mujeres, integrados en la Constitución Nacional (Art. 75, Inc. 22).
“Pretender cerrar la causa a los 60 días irrita la racionalidad y colisiona directamente con derechos constitucionales”, sostuvo Barrientos.
Críticas a la estrategia del diputado
La letrada remarcó que el juez de garantías N° 4, Marcelo Sago, llevó adelante una investigación rigurosa y sin dilaciones. No obstante, advirtió sobre el uso sistemático de “chicanas judiciales” por parte de la defensa para evitar el avance de las actuaciones y proteger los fueros parlamentarios del acusado.
En ese marco, apuntó contra la actitud pública de Galán: “Confunde a la sociedad con sus redes y TikTok, pero nunca salió a decir que los hechos no pasaron, o que es inocente. Un legislador que habla tanto de la justicia debería allanarse a ella, despojarse de los fueros y presentar sus pruebas de descargo en lugar de revictimizar permanentemente a las denunciantes”.
Próximos pasos
Los fundamentos completos del fallo se conocerán el próximo 9 del corriente mes. A partir de ahí, el juez de garantías podrá reiterar o tramitar formalmente los pedidos de desafuero ante la Cámara de Diputados de la Provincia.
Aunque la defensa aún podría interponer un recurso extraordinario ante la Corte de Justicia provincial, la querella se mostró confiada en que las instituciones judiciales mantendrán el criterio de protección a las víctimas y el debido proceso penal.
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