La reforma que Mendoza espera desde 2019 y que pudo cambiar el caso Villouta

La prescripción de la causa Villouta destapó un problema que Mendoza arrastra desde 2019: las condenas penales no tienen una revisión intermedia antes de llegar a la Corte. Ahora, la propuesta del doble conforme vuelve a estar sobre la mesa y podría cambiar cómo se tramitan los casos más sensibles.

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La reforma que Mendoza espera desde 2019 y que pudo cambiar el caso Villouta
La reforma que Mendoza espera desde 2019 y que pudo cambiar el caso Villouta

El fallo que declaró prescripta la condena contra Alejandro Verdenelli por la muerte de Alan Villouta sacudió los cimientos de la Justicia mendocina y reflotó un debate que parecía dormido: la necesidad de incorporar el doble conforme en materia penal, una instancia de revisión que la Corte propuso hace siete años y que nunca prosperó.

Aquel proyecto, presentado en 2019, volvió a sonar con fuerza después de que la causa quedara al borde de la impunidad por una notificación tardía. La demora de seis años en resolver la casación expuso las falencias del sistema y puso en el centro de la escena una iniciativa que, de haberse aplicado, podría haber cambiado el recorrido del expediente.

Qué propone la Corte

La iniciativa surgió de una particularidad del sistema penal local: a diferencia de otras jurisdicciones, las sentencias de los Tribunales Penales Colegiados no tienen una instancia ordinaria de revisión previa a la Suprema Corte. Los recursos llegan directo al máximo tribunal, que se ve desbordado por causas que podrían resolverse en otra instancia.

Para descomprimir esa carga, se planteó modificar el Código Procesal Penal y la Ley 9.040 e introducir el doble conforme bajo el modelo de casación horizontal. En criollo: un condenado por un Tribunal Penal Colegiado tendría derecho a que su sentencia sea revisada por jueces de la misma jerarquía que no hayan intervenido antes en el expediente.

No se crearía una Cámara de Casación nueva, sino que se usaría la estructura existente del Poder Judicial. El objetivo es cumplir con la doctrina de la Convención Americana de Derechos Humanos y el fallo Casal de la Corte Nacional, que exigen que todo fallo condenatorio pueda tener un segundo examen integral antes de quedar firme.

De esa manera, la Suprema Corte solo intervendría en casos extraordinarios, como cuestiones de inconstitucionalidad o arbitrariedad manifiesta, y no en la revisión ordinaria de pruebas y hechos que hoy le ocupa buena parte de su tiempo.

El recorrido que tendría una causa penal

El proyecto contempla un esquema de tres niveles: en primer lugar, el Tribunal Penal Colegiado dicta la sentencia; luego, un segundo tribunal o colegio revisor analiza el recurso de la defensa y revisa la condena; y recién después, la Suprema Corte interviene ante cuestiones extraordinarias o para fijar jurisprudencia.

También prevé ajustes a la Ley de Juicio por Jurados, para que la revisión exigida por las normas convencionales no afecte la función del jurado popular en la determinación de los hechos.

La postura del oficialismo

En el Gobierno provincial el entusiasmo por esta reforma siempre fue escaso. Hoy los cañones oficialistas apuntan a otro proyecto, el que fija plazos de resolución a la Corte. En diciembre de 2024, el gobernador Alfredo Cornejo se refirió al expediente que duerme en el Senado desde 2019 y puso en duda la necesidad del doble conforme.

"No tengo claro que, para resolver nuestros problemas, sea tan relevante tener un doble conforme y que no lo pueda hacer la Corte", dijo entonces. Aunque dejó la puerta abierta a modificaciones, remarcó que las reformas impulsadas en sus gestiones se discutieron con todos los actores del sistema: "En cada reforma hemos consultado a los que están en la trinchera: jueces, fiscales, defensores y demás".

Del otro lado, el presidente de la Corte, Dalmiro Garay, se mostró a favor de sumar una instancia previa de revisión penal para aliviar la carga del máximo tribunal. Garay ya integraba la magistratura cuando se envió el proyecto a la Legislatura.

¿Habría cambiado el caso Villouta?

La conexión con el caso Villouta tiene un componente inevitablemente contrafáctico: no se puede afirmar que una segunda instancia horizontal hubiese evitado la prescripción. Es imposible saber cuánto habría tardado una revisión bajo otro sistema. Incluso los detractores de la reforma advierten que el problema sería el mismo, pero con otros protagonistas: los tribunales inferiores se recargarían de causas en lugar de la Corte.

Lo que sí es inadmisible, coinciden las voces consultadas, es la demora de seis años en la resolución de la casación. La condena contra Verdenelli se dictó en 2020 y quedó atrapada en una extensa discusión recursiva que terminó en la prescripción, en medio de contradenuncias internas por sospechosas dilaciones en los traslados del expediente.

Más allá de eso, la propuesta de 2019 merece ser evaluada para descomprimir la sobrecarga de causas penales que llegan al tribunal superior. El plenario reciente por el caso Emiliano Nicolás López Agüero redefinió el criterio sobre el cómputo de la prescripción cuando hay un recurso extraordinario federal, y tanto el doble conforme como el proyecto del Gobierno que discutirá la Legislatura podrían funcionar como complemento para evitar que se repita lo ocurrido en la causa Villouta.

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