La Tigra: nueva ley endurece las multas por conducir peligrosamente y ya definen cómo se aplicará
Manejar a los gritos en la ciudad ya no sale barato: la nueva ley 4257-J mete arresto, multas y hasta 180 días sin carnet. En La Tigra, la jueza de faltas y el comisario se sentaron a definir cómo se aplicará, pero hay un punto que todavía no quedó claro.
La jueza de paz y faltas de La Tigra, Silvana Leoni, se reunió con el comisario local, Adrián Orlando Valenzuela, para acordar los criterios de aplicación del nuevo régimen punitivo por conducción peligrosa que fijó la ley 4257-J. Del encuentro también participaron la secretaria Cristina Borsatto y los oficiales Gastón Koop Funes y Exequiel Senn.
La norma reforma el artículo 96 del Código de Faltas del Chaco, que ya preveía sanciones para las conductas que pongan en riesgo la seguridad pública, e incorpora los artículos 96 bis y 96 ter. Esos apartados nuevos incluyen penas de arresto y multas, además de medidas accesorias y preventivas como la inhabilitación judicial expresa para conducir por 180 días y el retiro del carnet.
Qué conductas quedan alcanzadas
El texto contempla tres faltas concretas: el exceso de velocidad en zonas urbanas, las maniobras temerarias que impliquen un peligro manifiesto y la cesión o confianza de la conducción de vehículos o motovehículos a personas inexpertas o sin habilitación legal.
Para la jueza Leoni, el trabajo conjunto entre el Juzgado de Paz y Faltas y la fuerza policial «ratifica el compromiso del Juzgado de Paz y Faltas con la aplicación de la ley vigente en aras de salvaguardar el orden público y la seguridad de los habitantes de la jurisdicción».