Le allanaron la casa por un delivery sospechoso: lo que encontraron adentro lo dejó contra las cuerdas
Cristian Daniel Robirosa fue acusado de vender marihuana con delivery en Rosario del Tala. Cuando la policía allanó su casa, encontró algo que lo complicó todo. Su defensa intentó anular el caso con un argumento técnico, pero la Justicia Federal acaba de tomar una decisión que lo deja contra las cuerdas.
La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná ratificó el procesamiento de Cristian Daniel Robirosa, acusado de vender marihuana con modalidad de delivery en Rosario del Tala. La defensa había pedido anular todo el expediente con un argumento técnico, pero los jueces no le dieron lugar.
La investigación arrancó en septiembre de 2021, cuando una denuncia anónima puso a la Policía tras los pasos de una red de venta de estupefacientes. La División Toxicología de la Policía provincial tomó cartas en el asunto y, tras meses de inteligencia y vigilancia, el 8 de junio de 2022 allanó la vivienda del imputado en la calle 1° de Mayo.
¿Qué encontraron en la casa?
El operativo dejó al descubierto un despliegue que poco tenía que ver con el consumo personal. Los efectivos secuestraron 48,2 gramos de cogollos de cannabis sativa, 23 plantas de marihuana con 435 gramos de deshoje, un sistema de cultivo indoor, fertilizantes, dinero en efectivo y tres teléfonos celulares.
Con esos elementos, la Justicia procesó a Robirosa por siembra o cultivo de plantas utilizables para producir estupefacientes, en concurso real con tenencia con fines de comercialización. También le trabó un embargo sobre sus bienes por $5.400.000.
El argumento de la defensa que no prosperó
La defensora pública Noelia Quiroga apeló la medida. Sostuvo que la pericia química fue deficiente: se limitó a un examen cromatográfico básico que dio "positivo para THC", sin determinar la concentración exacta, el grado de pureza, el peso neto, la capacidad toxicomanígena ni las dosis umbrales de la sustancia. Bajo esa premisa, pidió la nulidad del informe y el sobreseimiento de su asistido. De manera subsidiaria, reclamó que se cambiara la calificación legal para reducir la pena y que se fijara un embargo menor por considerarlo desproporcionado.
Este miércoles 16, los jueces Beatriz Estela Aranguren, Mateo José Busaniche y Cintia Graciela Gómez desestimaron el recurso y confirmaron tanto el procesamiento como el embargo.
El tribunal fue tajante: la falta de precisión sobre pureza, dosis o concentración de THC no impide tener por demostrada la naturaleza estupefaciente del material ni resta valor al peritaje. "La alegada ausencia de determinación del grado de pureza, concentración de THC, dosis umbrales y/o la capacidad toxicomanígena, no impide tener por acreditada la naturaleza estupefaciente de la sustancia analizada ni resta valor probatorio a la pericia", señalaron.
Además, la Cámara remarcó que el resultado cromatográfico coincidió con los narcotest hechos durante el allanamiento y concluyó que la defensa no logró señalar ninguna deficiencia técnica concreta que invalide el estudio químico.
En ese sentido, citaron jurisprudencia: "La imposibilidad de determinar la capacidad toxicomanígena del estupefaciente no puede erigirse como la razón para desincriminar las conductas típicas bajo juzgamiento (…) la aptitud para producir graves efectos tóxicos está en la cualidad o naturaleza del estupefaciente y no en su aspecto cuantitativo".
Con este fallo, Robirosa sigue procesado y su causa avanza, aunque todavía no tiene condena firme.