Le arrancó el celular para que no pidiera ayuda y la golpeó: la Justicia ya lo condenó
¿Qué pasó en Andalgalá? Un hombre fue condenado tras un violento episodio que incluyó un detalle escalofriante. Conocé todos los detalles de la sentencia.
Un hombre fue condenado en Catamarca por agredir a su pareja en un contexto de violencia de género. El hecho ocurrió en Andalgalá y el acusado reconoció su culpa durante el juicio.
La pena impuesta fue de siete meses de prisión en suspenso, tal como lo solicitó el fiscal Víctor Figueroa, y el juez Javier Herrera, del Correccional N.° 3, hizo lugar al pedido.
¿Qué pasó aquel día?
Todo comenzó el 24 de marzo de 2025, cerca de las 14:30, en la vivienda de la víctima. Lo que parecía una simple discusión terminó en un violento ataque: el hombre le tiró del cabello, le quitó el teléfono celular para que no pudiera pedir auxilio y luego la golpeó en el rostro.
Las lesiones fueron constatadas por el examen médico: la mujer sufrió heridas en la zona maxilar y en la parte superior del cuello. La Fiscalía también incorporó a la causa la denuncia, su ampliación, informes médicos y registros fotográficos que resultaron clave para la investigación.
El acusado, que llegó a juicio por el delito de lesiones leves calificadas por mediar relación de pareja y en contexto de violencia de género, estuvo asistido por dos abogados particulares y reconoció el hecho durante el debate.
Las restricciones que deberá cumplir
Además de la condena, el juez estableció reglas de conducta por dos años. El condenado deberá fijar residencia y presentarse cada tres meses ante el Patronato de Liberados, abstenerse de consumir estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas, y no podrá mantener ningún tipo de contacto con la víctima, ni directo ni indirecto, ni a través de terceros o redes sociales.
También tendrá que realizar tratamiento psicológico y acreditar una capacitación en violencia de género dentro del dispositivo interinstitucional “Ley Micaela–Masculinidades en clave de cuidado”.
La identidad del condenado no fue difundida para proteger a la víctima y resguardar su intimidad, derechos y garantías.