Le arrancó el celular para que no pidiera ayuda y la golpeó: la Justicia ya lo condenó

¿Qué pasó en Andalgalá? Un hombre fue condenado tras un violento episodio que incluyó un detalle escalofriante. Conocé todos los detalles de la sentencia.

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Le arrancó el celular para que no pidiera ayuda y la golpeó: la Justicia ya lo condenó
Le arrancó el celular para que no pidiera ayuda y la golpeó: la Justicia ya lo condenó

Un hombre fue condenado en Catamarca por agredir a su pareja en un contexto de violencia de género. El hecho ocurrió en Andalgalá y el acusado reconoció su culpa durante el juicio.

La pena impuesta fue de siete meses de prisión en suspenso, tal como lo solicitó el fiscal Víctor Figueroa, y el juez Javier Herrera, del Correccional N.° 3, hizo lugar al pedido.

¿Qué pasó aquel día?

Todo comenzó el 24 de marzo de 2025, cerca de las 14:30, en la vivienda de la víctima. Lo que parecía una simple discusión terminó en un violento ataque: el hombre le tiró del cabello, le quitó el teléfono celular para que no pudiera pedir auxilio y luego la golpeó en el rostro.

Las lesiones fueron constatadas por el examen médico: la mujer sufrió heridas en la zona maxilar y en la parte superior del cuello. La Fiscalía también incorporó a la causa la denuncia, su ampliación, informes médicos y registros fotográficos que resultaron clave para la investigación.

El acusado, que llegó a juicio por el delito de lesiones leves calificadas por mediar relación de pareja y en contexto de violencia de género, estuvo asistido por dos abogados particulares y reconoció el hecho durante el debate.

Las restricciones que deberá cumplir

Además de la condena, el juez estableció reglas de conducta por dos años. El condenado deberá fijar residencia y presentarse cada tres meses ante el Patronato de Liberados, abstenerse de consumir estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas, y no podrá mantener ningún tipo de contacto con la víctima, ni directo ni indirecto, ni a través de terceros o redes sociales.

También tendrá que realizar tratamiento psicológico y acreditar una capacitación en violencia de género dentro del dispositivo interinstitucional “Ley Micaela–Masculinidades en clave de cuidado”.

La identidad del condenado no fue difundida para proteger a la víctima y resguardar su intimidad, derechos y garantías.

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