Le dispararon y lo dieron por muerto: la Justicia selló un pacto que nadie esperaba
Un asalto que terminó en tragedia y un acuerdo que sorprende: 11 años de prisión para el acusado. ¿Qué pruebas lo incriminaron y por qué el juez aceptó el pacto?
Un violento asalto en un campo de Los Hornos terminó con un acuerdo de pena que dejó a todos boquiabiertos. El acusado, Lautaro Ezequiel Chávez Cisneros, aceptó 11 años de prisión por un ataque a balazos que por poco le cuesta la vida al dueño del lugar. Pero eso no fue todo: la condena también incluyó un hecho delictivo ocurrido en 2020.
El juez Claudio Bernard, del Tribunal Oral en lo Criminal II de La Plata, firmó la sentencia el 4 de agosto de 2026, tras un juicio abreviado. Según fuentes del caso, el pacto se gestó entre la fiscalía, la defensa y el propio imputado.
La noche del ataque
Todo ocurrió el 24 de septiembre de 2022, alrededor de las 21.30, en un predio rural ubicado en las calles 182 y 60. Según la investigación, al menos tres hombres armados irrumpieron en la vivienda, intimidaron al propietario y le robaron objetos de valor. Pero no se detuvieron ahí: con tal de asegurar su impunidad, le dispararon varias veces, impactándolo en el abdomen y el tórax.
La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital Italiano, donde permaneció varios días en terapia intensiva en estado crítico. Las lesiones eran de extrema gravedad y requirió una intervención quirúrgica. Milagrosamente, logró sobrevivir gracias a la rápida atención médica.
La investigación y la prueba clave
Los pesquisas reunieron testimonios, reconocimientos, pericias balísticas, informes clínicos y actuaciones policiales. Un dato crucial: el hermano del hombre baleado había visto a uno de los asaltantes con una pistola y lo reconoció durante las diligencias.
Días después, en un allanamiento, secuestraron una pistola Browning calibre 9 milímetros con la numeración suprimida y 13 municiones. La Justicia determinó que Chávez Cisneros no tenía autorización para portar armas.
El otro hecho de 2020
La condena también abarcó una causa del 9 de agosto de 2020, en la zona de 187 y 52. Allí, un grupo agredió a vecinos y, cuando llegó la Policía, se desató una persecución. Los involucrados se resistieron y provocaron daños en los móviles policiales.
Por ambos expedientes, el Tribunal impuso la pena de 11 años. Los delitos incluyen tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, robo agravado, tenencia y portación ilegal de arma de fuego, atentado y resistencia a la autoridad y lesiones leves.
La resolución se firmó digitalmente el 3 de agosto de 2026 por el juez Claudio Bernard, con la secretaria Romina Noelia Lopreiato.
Qué dijo el juez
En los fundamentos, el magistrado analizó las circunstancias que podían modificar la responsabilidad penal. No halló eximentes y descartó que las partes los hubieran invocado. Como atenuante, valoró que el imputado no tuviera antecedentes condenatorios. Pero como agravantes, consideró la extensión del daño causado y la pluralidad de víctimas.
El debate detrás del juicio abreviado
Este caso reaviva la polémica sobre el juicio abreviado, que se convirtió en el mecanismo predominante para cerrar causas penales. Lo que nació como una herramienta excepcional hoy es la vía de la mayoría de las condenas, dejando de lado el juicio oral y público.
Especialistas advierten que mutó en una “fábrica de condenas en serie”. En la Provincia de Buenos Aires, se permite abreviar penas de hasta 15 años, lo que resuelve delitos graves sin debate público. El punto débil: las víctimas, a pesar de los cambios legislativos, suelen quedar afuera de la negociación.