Le negaron la libertad condicional, pero le dieron un beneficio que la Justicia ahora le sacó
Un condenado por abuso y homicidio de un menor casi consigue salir de la cárcel sin vigilancia, a pesar de que los informes psicológicos marcan un alto riesgo de reincidencia. Un tribunal le puso freno a tiempo.
Un hombre condenado a 30 años de prisión por abusar de un menor que murió como consecuencia de esos ataques no podrá salir de la cárcel sin custodia policial. Así lo resolvió un tribunal de revisión de Neuquén, que revocó el beneficio que un juez de garantías le había otorgado días antes.
Carlos Alberto Soñé fue condenado en 2004 a 30 años de prisión efectiva por el abuso sexual de un niño que falleció producto de las agresiones. Desde hace unos años, contaba con salidas transitorias mensuales, siempre con supervisión policial.
Qué pasó el 3 de septiembre
Ese día, un juez de garantías rechazó el pedido de la defensa de Soñé para acceder a la libertad condicional. Los informes psicológicos presentados en la causa son contundentes: señalan rasgos de perversión y un riesgo alto de reincidencia en el delito.
En esos informes se detalla que persisten "rasgos parafílicos pedofílicos no reducidos al incesto", lo que implica que el hombre mantiene una atracción sexual hacia menores que no se limita a su propio entorno familiar. Además, se indica que Soñé no adhiere a los espacios terapéuticos propuestos.
Sin embargo, en la misma resolución, el magistrado le permitió que una de las tres salidas transitorias mensuales fuera sin consigna policial, bajo la tutoría de su madre.
El pedido de la fiscalía
La fiscalía cuestionó esa decisión y pidió que se revisara. Consideró que era incongruente con los informes psicológicos que marcan un alto riesgo de reincidencia. También señaló que la madre, quien oficiaría como tutora, no tiene una actitud reflexiva sino más bien negadora del delito por el que está condenado su hijo.
Qué decidió el tribunal de revisión
El tribunal de revisión, integrado por los jueces Lucas Yancarelli, Juan Guaita y la jueza Carolina García, confirmó por unanimidad el rechazo a la libertad condicional y revocó la autorización para la salida sin supervisión policial.
De esta manera, Soñé no podrá realizar salidas transitorias sin la presencia de personal policial. La decisión se basó en el informe criminológico negativo, que impide que desde la Justicia se tenga el nivel de confianza necesario para permitirle salir sin custodia.